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MEMORIA DE<br />
LABORES2014<br />
integrada por fun cionarios de la Bolsa de Valores<br />
y del Banco Central. El objetivo de esta instancia<br />
es formular políticas públicas para el desarrollo<br />
del mercado de valores a mediano y largo plazo,<br />
no obstante, la puesta en marcha de los fondos<br />
de inversión requiere la elaboración de su propio<br />
marco normativo, tema que constituye el punto inicial<br />
de la agenda de trabajo. En ese sentido, en el<br />
segundo semestre del año se realizaron reuniones<br />
de trabajo, en las que se expuso la programación<br />
para la emisión de las normas de fondos de inversión,<br />
y se discutieron los temas que consideran<br />
prioritarios en dichas normativas.<br />
3. Regulación del Sistema Financiero<br />
El Banco Central de Reserva de El Salvador es<br />
el responsable de aprobar el marco normativo<br />
técnico que regula el sistema financiero de El<br />
Salvador, incluyendo a las instituciones y agentes<br />
que conforman el sector bancario, el mercado de<br />
seguros, de valores y de pensiones, así como<br />
de otros intermediarios financieros. El Banco<br />
Central adquirió esta nueva facultad en virtud de<br />
la entrada en vigencia de la Ley de Supervisión<br />
y Regulación del Sistema Financiero (LSRSF),<br />
la cual fue aprobada por la Asamblea Legislativa<br />
en enero de 2011 y entró en vigencia en agosto<br />
del mismo año.<br />
Para ejercer la citada facultad regulatoria, la LSRSF<br />
creó en el Banco Central un Comité de Normas<br />
integrado por el Presidente del Banco Central, quien<br />
lo coordina y preside, el Vicepresidente del Banco<br />
Central, el Su perintendente del Sistema Financiero<br />
y los dos Directores del Consejo Directivo del<br />
Banco Central que han sido propuestos por los<br />
Ministros de Economía y Hacienda, de acuerdo a<br />
lo establecido en dicha Ley. Es responsa bilidad del<br />
Banco Central revisar periódicamente la norma tiva<br />
técnica aplicable al sistema financiero, procurando<br />
impulsar su adecuado funcio na miento, estabilidad<br />
y desarrollo, a fin de resguar dar los recursos de<br />
los depositantes, asegurados, inversionistas,<br />
pensionados y cotizantes.<br />
Este mandato establecido en el artículo 99 de<br />
la LSRSF implica un análisis constante de los<br />
estándares internacionales y las buenas prácticas<br />
en materia financiera para verificar si las normas<br />
vigentes siguen siendo válidas o necesitan<br />
reformarse. En ocasiones, el análisis realizado<br />
pone de manifiesto la necesidad de impulsar no<br />
solo modificaciones normativas sino también de<br />
carácter legal. Por tanto, la facultad de regulación<br />
del Banco Central que emana de la LSRSF,<br />
implica acciones que garanticen el análisis integral<br />
y la búsqueda constante de la consistencia<br />
en la regulación, propiciando leyes y normas<br />
financieras actualizadas que permitan el desarrollo<br />
del sistema financiero desde una perspectiva de<br />
estabilidad, eficiencia, inclusión y potenciamiento<br />
de los sectores económicos.<br />
De igual manera la Ley Orgánica de Banco<br />
Central de Reserva en su artículo 76 le confiere<br />
el mandato de formular, analizar, evaluar y velar<br />
por la ejecución de políticas públicas del Sector<br />
Financiero. Este mandato es realizado a través<br />
de la formulación de nueva normativa o de modificaciones<br />
que permiten implementar de forma<br />
ágil políticas públicas aplicables al Sistema Financiero<br />
apoyando el desarrollo productivo de la<br />
economía salvadoreña.<br />
Para darle cumplimiento a estas respon sa bilidades,<br />
durante el año 2014 se llevaron a cabo<br />
once sesiones del Comité de Normas, en las que<br />
se presentaron un total de 51 puntos que incluyeron<br />
la aprobación de 2 normas nuevas, 29 modificaciones<br />
de normas vigentes y 20 resoluciones<br />
relativas a consultas y temas informativos.<br />
a) Normas Nuevas<br />
El Comité de Normas aprobó las “Normas Técnicas<br />
para el Proceso y Registro de las Órdenes de<br />
Compra y Venta de Valores de las Casas de<br />
Corredores de Bolsa” (NDMC-01), que entraron<br />
en vigencia a partir del 03 de febrero de 2014 y<br />
tienen como objeto regular la operatividad de las<br />
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