Rol 46-2012 - Tribunal Calificador de Elecciones
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'.""..""n,,,mnsrrrpm 5~,:;c ~''=;~-~- ~--acaso <strong>de</strong> la licitación para la remo<strong>de</strong>lación <strong>de</strong> la Plaza ~e Los Burros ha:,existido una administración negligente <strong>de</strong> un bien Q9:ciQ,rta¡'\ \<strong>de</strong> ' usopúblico y <strong>de</strong> los recursos financieros <strong>de</strong> la municipalidad (boletas <strong>de</strong>garantías que no se habrían cobrado).En efecto, ha existido una administración negligente <strong>de</strong> un bien nacional<strong>de</strong> uso público administrado por el Alcal<strong>de</strong>, ya que las obras que senecesitaban ejecutar en él, para su remo<strong>de</strong>lación, nunca fueron ejecutasíntegramente, ya que los bancos <strong>de</strong> piedra nunca fueron construidos.A su vez¡ ha existido, por parte <strong>de</strong>l Alcal<strong>de</strong>, una negligenteadministración <strong>de</strong> los recursos financieros <strong>de</strong> la municipalidad¡ ya que eladjudicatario se le encargó la obra por ser la propuesta más económica.Sin embargo, posteriormente el Alcal<strong>de</strong> a través <strong>de</strong>l Decreto AlcaldicioN° 4280/2010, <strong>de</strong> fecha 27 <strong>de</strong> diciembre <strong>de</strong> 2010, le aumentó en un30% el monto adjudicado, gastando el Municipio, en consecuencia,$32.475.398, lo que hacía que dicha propuesta, <strong>de</strong>s<strong>de</strong> un punto <strong>de</strong> vistaeconómica, fuese muy similar a las otras. Todo lo cual se ve agravado¡por el hecho <strong>de</strong> que, a pesar <strong>de</strong> que el Alcal<strong>de</strong> aumentó en un 30% elgasto municipal, la obra no fue ejecutada completamente (faltaron losbancos <strong>de</strong> piedra).Dicha administración negligente configura un notable abandono <strong>de</strong><strong>de</strong>beres, ya que el Alcal<strong>de</strong> se ha apartado <strong>de</strong> las obligaciones legales, <strong>de</strong>un modo tal que su conducta jamás pudo dar satisfacción a la necesidadbásica <strong>de</strong> la comunidad <strong>de</strong> remo<strong>de</strong>lar la Plaza <strong>de</strong> los Burros <strong>de</strong> lalocalidad <strong>de</strong> Cachagua, a pesar <strong>de</strong> haberse gastado cuantiosos recursos.~<strong>de</strong>l erario municipal.,), ,th '.1,:lPor último, el hecho <strong>de</strong> no haber cobrado las boletas <strong>de</strong> garantía a las1 empresa contratista que no ejecutaron fntegramente la obra que le fuejencargada, configura una falta grave a la probidad administrativa, yaj¡I que se ha se ha perjudicado el bien común (patrimonio municipal) para11¡19