30.07.2015 Views

Informe en derecho Pey. - CIPER Chile

Informe en derecho Pey. - CIPER Chile

Informe en derecho Pey. - CIPER Chile

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

GUILLERMO BRUNA CONTRERASEn su tiempo, se discutió <strong>en</strong> la doctrina y <strong>en</strong> la jurisprud<strong>en</strong>cia si la inscripciónera tradición, como <strong>en</strong> el caso de los bi<strong>en</strong>es raíces inscritos, o sólo era una solemnidadpara que los terceros y la propia sociedad tuvieran noticias del traspaso, estandoperfecta la transfer<strong>en</strong>cia <strong>en</strong>tre las partes.Son dignas de m<strong>en</strong>cionar las S<strong>en</strong>t<strong>en</strong>cias de la Corte de Apelaciones deValparaíso, de fecha 5 de noviembre de 1935 (que revoca la de primera instancia quees de 30 de mayo de 1934) 2 , cuyos considerandos 4 y 5 dic<strong>en</strong>:“4) Que la transfer<strong>en</strong>cia de una acción <strong>en</strong>vuelve una cesión de los <strong>derecho</strong>s delaccionista <strong>en</strong> que la inscripción aludida obedece a una técnica jurídica análoga a la dela notificación que prescribe el artículo 1903 del Código Civil, tratándose de la cesiónde créditos nominativos; de tal manera que mi<strong>en</strong>tras aquella no se haya verificado lacesión de las acciones no produce efectos respecto de la Sociedad y terceros, y debe<strong>en</strong> consecu<strong>en</strong>cia considerarse como dueño de ellas para todos los efectos legales alced<strong>en</strong>te cuyo nombre figure aún <strong>en</strong> el registro de accionistas de la sociedad.5) Que de lo que antecede se despr<strong>en</strong>de que la <strong>en</strong>trega del título de lasacciones cedidas y del docum<strong>en</strong>to llamado traspaso, que da testimonio de la cesión delas acciones, sólo valida la cesión interpartes, pero no la hace surtir efecto respectode la sociedad y terceros.”Como lo he anticipado, este fallo de alzada eliminó el Considerando Octavo dela S<strong>en</strong>t<strong>en</strong>cia de primer grado, de 30 de mayo de 1934, que decía lo sigui<strong>en</strong>te:“8) Que por lo expuesto, para la sociedad la <strong>en</strong>aj<strong>en</strong>ación de las 100 accionesde la sociedad x sobre que versa esta tercería, no ha bastado pues el traspaso de ellas yla <strong>en</strong>trega del título, porque la ley ha exigido el cumplimi<strong>en</strong>to de solemnidades2 Publicada <strong>en</strong> la Gaceta de Jurisprud<strong>en</strong>cia, año 1935, 2º semestre, Nº 119, pág. 399.18

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!