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REVISTA PESCA AGOSTO 2016

Revista con informacion sobre la pesquería, politica pesquera, oceanos y ambiente.

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LEY SOBRE LIMITES MAXIMOS DE<br />

CAPTURA POR EMBARCACION:<br />

El Decreto Legislativo 1084<br />

Marcos Kisner Bueno<br />

Como su nombre lo indica, no es una ley de cuotas. No<br />

asigna una cuota por un tiempo definido, no le asigna<br />

precio ni la subasta. Lo que hace es asignar un Límite<br />

Máximo de Captura por Embarcación de anchoveta y<br />

anchoveta blanca a las embarcaciones que cuenten con<br />

permisos de pesca vigentes para desarrollar actividades<br />

extractivas de dicho recurso en la fecha de entrada en<br />

vigencia de la Ley, es decir el añ0 2008. El Porcentaje<br />

Máximo de Captura por Embarcación (PMCE) es determinado<br />

por el Ministerio sobre la base de índices de participación<br />

por embarcación.<br />

Por tanto, a diferencia de lo que muchos piensan, las<br />

cuotas individuales de pesca de anchoveta para uso su<br />

reducción en harina de pescado no han sido otorgados<br />

a perpetuidad, sino en tanto dure la vigencia de la ley.<br />

Lo que aparentemente sí se ha otorgado a perpetuidad,<br />

y es el caso de todos los recursos pesqueros, es el permiso<br />

de pesca.<br />

La única forma de que nuevos actores ingresen a la actividad<br />

pesquera es a través de la consecución de permisos<br />

de pesca, los que se otorgan para cada recurso,<br />

en función a lo que determine la normatividad vigente<br />

para cada uno de ellos.<br />

Corresponderá al nuevo gobierno la evaluación de esta<br />

norma y su decisión para el período posterior al 2018,<br />

en cuanto la norma no tiene fecha de expiración, por lo<br />

cual debe asumirse que las embarcaciones nominadas al<br />

inicio adquieren el derecho a ser consideradas en el<br />

PMCE a perpetuidad. Para ser nominadas tenían que<br />

haber tenido permiso de pesca vigente al momento de<br />

promulgación de la norma.<br />

Lo que tiene un plazo de 10 años es la validez de los<br />

contratos de estabilidad y el aporte social que será equivalente<br />

a US$ 1.95 por TM de pescado descargado en<br />

dichos establecimientos. Tendrá una duración máxima<br />

de diez (10) años a partir de la fecha de entrada en vigencia<br />

del presente dispositivo y se aplicará en tanto el<br />

régimen establecido en la presente Ley permanezca vigente.<br />

Durante el período de vigencia del aporte social<br />

obligatorio se mantendrá sin alteración el monto y la<br />

forma de cálculo de los Derechos de Pesca por concepto<br />

de extracción de los recursos hidrobiológicos destinados<br />

al Consumo Humano Indirecto aprobados mediante el<br />

Decreto Supremo Nº 024-2006-PRODUCE. Lo que significa<br />

que la tasa de derechos de pesca permanece inamovible<br />

por diez años, hasta el 2018, la cual podría<br />

sufrir variaciones en función de la decisión política de<br />

ese momento.<br />

PARA ENTENDER MEJOR LA NORMATIVA:<br />

Una vez determinado y atribuido el PMCE* a una embarcación,<br />

éste quedará ligado para todos los efectos al<br />

permiso de pesca y a la embarcación que sirvieron de<br />

base para su cálculo y determinación inicial. El PMCE no<br />

podrá ser transferido de manera independiente de la<br />

embarcación que sirvió de base para su cálculo y determinación<br />

inicial.<br />

Los titulares de permisos de pesca comprendidos en la<br />

presente Ley podrán suscribir contratos de garantía de<br />

permanencia con el Ministerio de la Producción, a fin de<br />

garantizar la permanencia del régimen de Límites Máximos<br />

de Captura por Embarcación**. La vigencia de los<br />

contratos de garantía de permanencia regulados en el<br />

presente artículo será de diez (10) años.<br />

Límite Máximo Total de Captura Permisible***: Es el<br />

total de captura de anchoveta y anchoveta blanca para<br />

Consumo Humano Indirecto, expresado en Toneladas<br />

Revista Pesca Agosto <strong>2016</strong> 74

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