REVISTA PESCA AGOSTO 2016
Revista con informacion sobre la pesquería, politica pesquera, oceanos y ambiente.
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LEY SOBRE LIMITES MAXIMOS DE<br />
CAPTURA POR EMBARCACION:<br />
El Decreto Legislativo 1084<br />
Marcos Kisner Bueno<br />
Como su nombre lo indica, no es una ley de cuotas. No<br />
asigna una cuota por un tiempo definido, no le asigna<br />
precio ni la subasta. Lo que hace es asignar un Límite<br />
Máximo de Captura por Embarcación de anchoveta y<br />
anchoveta blanca a las embarcaciones que cuenten con<br />
permisos de pesca vigentes para desarrollar actividades<br />
extractivas de dicho recurso en la fecha de entrada en<br />
vigencia de la Ley, es decir el añ0 2008. El Porcentaje<br />
Máximo de Captura por Embarcación (PMCE) es determinado<br />
por el Ministerio sobre la base de índices de participación<br />
por embarcación.<br />
Por tanto, a diferencia de lo que muchos piensan, las<br />
cuotas individuales de pesca de anchoveta para uso su<br />
reducción en harina de pescado no han sido otorgados<br />
a perpetuidad, sino en tanto dure la vigencia de la ley.<br />
Lo que aparentemente sí se ha otorgado a perpetuidad,<br />
y es el caso de todos los recursos pesqueros, es el permiso<br />
de pesca.<br />
La única forma de que nuevos actores ingresen a la actividad<br />
pesquera es a través de la consecución de permisos<br />
de pesca, los que se otorgan para cada recurso,<br />
en función a lo que determine la normatividad vigente<br />
para cada uno de ellos.<br />
Corresponderá al nuevo gobierno la evaluación de esta<br />
norma y su decisión para el período posterior al 2018,<br />
en cuanto la norma no tiene fecha de expiración, por lo<br />
cual debe asumirse que las embarcaciones nominadas al<br />
inicio adquieren el derecho a ser consideradas en el<br />
PMCE a perpetuidad. Para ser nominadas tenían que<br />
haber tenido permiso de pesca vigente al momento de<br />
promulgación de la norma.<br />
Lo que tiene un plazo de 10 años es la validez de los<br />
contratos de estabilidad y el aporte social que será equivalente<br />
a US$ 1.95 por TM de pescado descargado en<br />
dichos establecimientos. Tendrá una duración máxima<br />
de diez (10) años a partir de la fecha de entrada en vigencia<br />
del presente dispositivo y se aplicará en tanto el<br />
régimen establecido en la presente Ley permanezca vigente.<br />
Durante el período de vigencia del aporte social<br />
obligatorio se mantendrá sin alteración el monto y la<br />
forma de cálculo de los Derechos de Pesca por concepto<br />
de extracción de los recursos hidrobiológicos destinados<br />
al Consumo Humano Indirecto aprobados mediante el<br />
Decreto Supremo Nº 024-2006-PRODUCE. Lo que significa<br />
que la tasa de derechos de pesca permanece inamovible<br />
por diez años, hasta el 2018, la cual podría<br />
sufrir variaciones en función de la decisión política de<br />
ese momento.<br />
PARA ENTENDER MEJOR LA NORMATIVA:<br />
Una vez determinado y atribuido el PMCE* a una embarcación,<br />
éste quedará ligado para todos los efectos al<br />
permiso de pesca y a la embarcación que sirvieron de<br />
base para su cálculo y determinación inicial. El PMCE no<br />
podrá ser transferido de manera independiente de la<br />
embarcación que sirvió de base para su cálculo y determinación<br />
inicial.<br />
Los titulares de permisos de pesca comprendidos en la<br />
presente Ley podrán suscribir contratos de garantía de<br />
permanencia con el Ministerio de la Producción, a fin de<br />
garantizar la permanencia del régimen de Límites Máximos<br />
de Captura por Embarcación**. La vigencia de los<br />
contratos de garantía de permanencia regulados en el<br />
presente artículo será de diez (10) años.<br />
Límite Máximo Total de Captura Permisible***: Es el<br />
total de captura de anchoveta y anchoveta blanca para<br />
Consumo Humano Indirecto, expresado en Toneladas<br />
Revista Pesca Agosto <strong>2016</strong> 74