Revista Pesca enero 2021
Esta edicion de la revista Pesca presenta las ofertas electorales para la pesqueria de los partidos en contienda por la presidencia del Peru
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12/10/2019 R.M. N° 424-2019-PRODUCE , que dispone la
publicación de proyecto de Resolución Ministerial que aprueba
el Reglamento de Supervisión de la Gestión Administrativa de
las Infraestructuras Pesqueras Artesanales - IPAS en el Portal
Institucional del Ministerio
12/10/2019 R.M. N° 426-2019-PRODUCE, que dispone la publicación
de proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el
Reglamento que establece los criterios para la determinación
de tarifas aplicables a los servicios que se brindan en las infraestructuras
pesqueras artesanales en el Portal Institucional del
Ministerio
Otro elemento importante de la problemática es la formalización
del sector. Hasta la fecha solo se han hecho programas
para otorgar permiso de pesca a los armadores y a eso le han
denominado formalización lo cual no es exacto porque no los
convierte en sujetos tributarios ni tampoco en empleadores
que brinde acceso a la salud y seguridad social a sus tripulantes
pescadores que tienen el derecho y la necesidad, lo cual
resolvería las demandas de los pescadores por acceder a estos
servicios.
La formalización en la pesca requiere entender primero, que
no es lo mismo el armador pesquero que el tripulante o pescador
embarcado. El primero es el dueño de la embarcación, o
sea el empresario y responsable de que esté en perfectas condiciones
para navegar, con todos los equipos, avituallamiento
y demás material necesario para su correcto funcionamiento.
El armador y el patrón pueden ser la misma persona, pero no
necesariamente. El primero puede contratar a un patrón, que
a su vez contrata o embarca a sus tripulantes, que son pescadores
embarcados. El barco o embarcación es una unidad de
negocio, por lo tanto se tipifica como una empresa. El tripulante
es, finalmente el empleado con que cada embarcación realiza
la labor de pesca, la cual genera ingresos y requiere de capital
de trabajo, pero es muy diferente del pescador o tripulante.
Entendidas las diferencias entre armadores, patrones y tripulantes
y, conocida la problemática que tiene más de una década
sin poder resolverse, cabe distinguir, en cuanto al término
formalización, las diferencias entre tener un permiso de pesca
y ser “formal”.
Luego, de acuerdo a las diferencias entre embarcación artesanal
y de menor escala, proceder a regularlas debidamente de
acuerdo a las competencias de los gobiernos regionales y del
ministerio.
El armador tendría que contratar debidamente a los pescadores,
ponerlos en planilla y declarar mensualmente a través del
PDT. Este solo hecho les daría automáticamente derecho a
ESSALUD y a pensión, sea ONP o AFP, resolviendo así esta
constante y justa reclamación de los pescadores. Simultáneamente
se generaría una base de datos de pescadores embarcados
que hasta ahora no existe.
Hasta ahora los reclamos por seguridad social se pretenden
solucionar con improvisaciones u ofreciendo las alternativas de
salud que existen en el mercado a través del MINSA o ESSA-
LUD a fin de que puedan acceder a estas prestaciones. Pero
nada en cuanto a pensiones.
La verdad es que no ha funcionado.
¿A dónde ira Palacio de Gobierno en materia pesquera? Es de
allí de donde deberían salir las directivas para un trabajo integrado
entre los sectores responsables que conduzcan a definir
una agenda sectorial que nos brinde una visión de futuro con
una pesquería ordenada, inclusiva y sostenible. Nada de esto
será posible, en tanto no haya una voluntad política clara por
ordenar la actividad pesquera dentro de un marco establecido
por una política con visión de largo plazo. Si no se despoja de
politiquería a la administración de la pesca peruana, seguiremos
hablando de los mismos problemas gobierno tras gobierno.
Revista Pesca Suplemento enero 2021 39