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Revista Pesca enero 2021

Esta edicion de la revista Pesca presenta las ofertas electorales para la pesqueria de los partidos en contienda por la presidencia del Peru

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12/10/2019 R.M. N° 424-2019-PRODUCE , que dispone la

publicación de proyecto de Resolución Ministerial que aprueba

el Reglamento de Supervisión de la Gestión Administrativa de

las Infraestructuras Pesqueras Artesanales - IPAS en el Portal

Institucional del Ministerio

12/10/2019 R.M. N° 426-2019-PRODUCE, que dispone la publicación

de proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el

Reglamento que establece los criterios para la determinación

de tarifas aplicables a los servicios que se brindan en las infraestructuras

pesqueras artesanales en el Portal Institucional del

Ministerio

Otro elemento importante de la problemática es la formalización

del sector. Hasta la fecha solo se han hecho programas

para otorgar permiso de pesca a los armadores y a eso le han

denominado formalización lo cual no es exacto porque no los

convierte en sujetos tributarios ni tampoco en empleadores

que brinde acceso a la salud y seguridad social a sus tripulantes

pescadores que tienen el derecho y la necesidad, lo cual

resolvería las demandas de los pescadores por acceder a estos

servicios.

La formalización en la pesca requiere entender primero, que

no es lo mismo el armador pesquero que el tripulante o pescador

embarcado. El primero es el dueño de la embarcación, o

sea el empresario y responsable de que esté en perfectas condiciones

para navegar, con todos los equipos, avituallamiento

y demás material necesario para su correcto funcionamiento.

El armador y el patrón pueden ser la misma persona, pero no

necesariamente. El primero puede contratar a un patrón, que

a su vez contrata o embarca a sus tripulantes, que son pescadores

embarcados. El barco o embarcación es una unidad de

negocio, por lo tanto se tipifica como una empresa. El tripulante

es, finalmente el empleado con que cada embarcación realiza

la labor de pesca, la cual genera ingresos y requiere de capital

de trabajo, pero es muy diferente del pescador o tripulante.

Entendidas las diferencias entre armadores, patrones y tripulantes

y, conocida la problemática que tiene más de una década

sin poder resolverse, cabe distinguir, en cuanto al término

formalización, las diferencias entre tener un permiso de pesca

y ser “formal”.

Luego, de acuerdo a las diferencias entre embarcación artesanal

y de menor escala, proceder a regularlas debidamente de

acuerdo a las competencias de los gobiernos regionales y del

ministerio.

El armador tendría que contratar debidamente a los pescadores,

ponerlos en planilla y declarar mensualmente a través del

PDT. Este solo hecho les daría automáticamente derecho a

ESSALUD y a pensión, sea ONP o AFP, resolviendo así esta

constante y justa reclamación de los pescadores. Simultáneamente

se generaría una base de datos de pescadores embarcados

que hasta ahora no existe.

Hasta ahora los reclamos por seguridad social se pretenden

solucionar con improvisaciones u ofreciendo las alternativas de

salud que existen en el mercado a través del MINSA o ESSA-

LUD a fin de que puedan acceder a estas prestaciones. Pero

nada en cuanto a pensiones.

La verdad es que no ha funcionado.

¿A dónde ira Palacio de Gobierno en materia pesquera? Es de

allí de donde deberían salir las directivas para un trabajo integrado

entre los sectores responsables que conduzcan a definir

una agenda sectorial que nos brinde una visión de futuro con

una pesquería ordenada, inclusiva y sostenible. Nada de esto

será posible, en tanto no haya una voluntad política clara por

ordenar la actividad pesquera dentro de un marco establecido

por una política con visión de largo plazo. Si no se despoja de

politiquería a la administración de la pesca peruana, seguiremos

hablando de los mismos problemas gobierno tras gobierno.

Revista Pesca Suplemento enero 2021 39

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