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Miguel Ángel Fernández Delgado - INEHRM

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el 16 de octubre de 1882, a los 52 años de<br />

edad, aunque el retiro no estaba aún entre<br />

sus planes. Abrió un despacho jurídico en la<br />

calle de San Agustín número 9, hoy República<br />

de Uruguay número 70, para trabajar<br />

como abogado postulante. Pero la fama que<br />

tan exitosa carrera política y jurídica le había<br />

dado, sin mencionar su enorme patriotismo,<br />

no evitó que pronto se le requiriera y aceptara<br />

elaborar dictámenes y proyectos de ley.<br />

En el Estudio de la Constitucionalidad de la<br />

Facultad Económico Coactiva (1885), se refirió<br />

al poder del Estado para incoar el procedimiento<br />

de ejecución en contra de bienes<br />

del contribuyente moroso ante la falta de<br />

pago de sus créditos fiscales. Ya que había<br />

sentenciado en varios amparos sobre idéntico<br />

asunto, defendió la constitucionalidad<br />

de esta prerrogativa; el mismo año presentó<br />

una Exposición de Motivos del Proyecto de Ley<br />

sobre Extranjería y Naturalización.<br />

En 1889, con motivo de la grave disminución<br />

del caudal del Río Bravo, el gobierno<br />

de Estados Unidos comisionó a su mayor de<br />

ingenieros para estudiar la construcción de<br />

una presa cerca de El Paso, Texas. A prin-<br />

cipios de 1890, cuando la nación vecina<br />

comenzó a realizar interpretaciones sesgadas<br />

de legislaciones y tratados, el gobierno<br />

mexicano pidió un estudio relativo sobre legislación<br />

nacional al licenciado José María<br />

Gamboa, y otro sobre derecho internacional<br />

a Ignacio L. Vallarta, para definir los derechos<br />

del país sobre las aguas de los ríos Bravo,<br />

Colorado y sus tributarios. Conforme a<br />

su costumbre, Vallarta presentó un análisis<br />

impecable, en el que volvió a asomar el carácter<br />

enérgico del antiguo canciller:<br />

¿Y todos los principios internacionales que<br />

he invocado, demostrando que los Estados<br />

Unidos no pueden adueñarse de las aguas limítrofes<br />

y que son igualmente aplicables al<br />

Bravo y al Colorado?... Todo esto se olvida<br />

ante la perspectiva del posible cultivo de<br />

siete millones de acres de tierra extranjera:<br />

todos esos derechos, todos esos principios,<br />

se sacrifican en aras del interés norteamericano;<br />

¡y se pretende que la justicia enmudezca<br />

enfrente de la colosal empresa del ilustre ingeniero,<br />

de sus cálculos, de sus números!...<br />

No, esto no es posible, no me cansaré de repetirlo,<br />

si la ley que rige a las sociedades humanas,<br />

a las naciones soberanas mismas, no<br />

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