15.05.2013 Views

ORDENANZAS MUNICIPALES DE LA - Juan Luis Pérez Arribas

ORDENANZAS MUNICIPALES DE LA - Juan Luis Pérez Arribas

ORDENANZAS MUNICIPALES DE LA - Juan Luis Pérez Arribas

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Folio 40v<br />

XLI Yten que de qual quier carta de beçindad llebe el escribano diez /<br />

maravedís.<br />

XLII Yten que las escripturas tocantes al conçexo y común las saquen /<br />

luego los escribanos y se pongan el arca de conçexo y común y que<br />

no se pue/dan llebar derechos algunos más de su salario, como<br />

está dicho en el / escribano de conçexo, se dirá en el escribano del<br />

común.<br />

XLIII Yten quel escribano de común aya de partido segund que sienpre /<br />

a llebado dos mill e quinientos maravedís en cada un año y<br />

tresçientos maravedís / de los padrones y un rreal y un quartillo en<br />

cada un día de ocupa/çión segund que lleban los que se juntan a<br />

haçer la pecha y no / otra cosa alguna con que el dicho escribano<br />

se ocupe cada día como los / dichos jurados y si no se ocupare no<br />

llebe cosa alguna.<br />

XLIIII Yten que los alguaciles ayan derecho en las ejecuciones / treinta e<br />

çinco e mill y en lo que se ejecutare por Su Señoría / ora sea de<br />

rrenta ora sea de hazienda ciento çinquenta maravedís / por la<br />

mayor ejecuçión esto entre tanto quel duque mi señor / no mandare<br />

otra cosa.<br />

XLV Yten que en lo que toca a carzelages y otros derechos, que guarden<br />

/ el aranzel destos reynos y que no lleben çínco maravedís de las<br />

quentas /de menores ni de comer ni en las ejecuçiones puedan<br />

escoger el / camino y no los derechos como está dicho ni menos<br />

que puedan llebar / ……… cobran sus derechos de la dicha<br />

ejecuçión y en las demás / posesiones guarden el aranzel y en lo<br />

que estubiere deter/minado por él, la costunbre.<br />

XLVI Yten que no lleben derechos de prender a uno por deuda o / fiador<br />

de saneamiento pues cobran los derechos de la ejecuçión lo / qual<br />

suplicamos al duque nuestro señor provea y confirme / pues es un<br />

serbiçio y bien desta tierra.<br />

XLVII Yten dezímos que costunbre es de que el aguazil lleve los derechos /<br />

de llebar a justiçiar a uno un rreal.<br />

XLVIII Yten quel portero tenga derechos de enplazar y no ……… / el<br />

mandamiento en esta villa un maravedí y en las aldeas a dos / de<br />

qual quier pregón dos maravedís y de derechos de las almonedas /<br />

de cada millar diez maravedís de los bienes muebles y de los bienes<br />

in/muebles a dos maravedís de cada pregón y de justiçiar a uno /<br />

un rreal y si fuere a muerte el bestido denzima y el dicho / rreal.<br />

XLIX De cada prenda que sacare en la villa dos maravedís y en las<br />

aldeas quatro.<br />

L Yten ay mala costumbre de que el pregonero deva llebar sus<br />

derechos de / los pregones a los alguaciles y se conçierta con ellos<br />

de que se sigue /<br />

22

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!