15.05.2013 Views

ORDENANZAS MUNICIPALES DE LA - Juan Luis Pérez Arribas

ORDENANZAS MUNICIPALES DE LA - Juan Luis Pérez Arribas

ORDENANZAS MUNICIPALES DE LA - Juan Luis Pérez Arribas

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Folio 55<br />

ni de otra manera alguna sin licençia de todo el ayuntamiento<br />

so pena de perder el bino que metiere en esta villa<br />

y se benda públicamente y el preçio se rreparta<br />

en tres partes una para el conzejo y otra para<br />

el que lo denunçiare y otra para el juez que lo<br />

executare y más que le rronpan los cueros<br />

y los pongan en la picota e paguen por cada bez<br />

seisçientos mrs. rrepartidos segund desuso.<br />

Otrosí que no puedan meter uba para encubar<br />

de fuera parte so las dichas penas salvo de las<br />

biñas que los veçinos de esta villa tubieren arrendado de<br />

menores particulares veçinos de otra villa o de bienes<br />

que les fueren dado en casamiento o heredad que<br />

de esta la puedan meter sin pena alguna.<br />

Otrosí que lo mesmo se aya de guardar en los lu-<br />

gares desta jurisdiçión que la villa sobre penas<br />

ansí dichas ni más ni menos que arriva va declarado<br />

que no puedan meter uba ni bino los veçinos de las al-<br />

deas en esta villa ni de otras aldeas so las dichas penas.<br />

Otrosí puedan meter uba o bino en esta villa<br />

y su tierra de las biñas que de çinquenta años<br />

a esta parte tienen costunbre de lo meter y encu-<br />

bar ansí de su bino e binagres sin pena nenguna.<br />

Otrosí que casando forasteros en esta villa<br />

seyendo veçino continuamente en ella y basallo de Su Sª<br />

pueda meter el bino y uba de su casecha que tubiere<br />

fuera desta jurisdiçión sin pena nenguna.<br />

Otrosí que tiniendo el bezino de la villa biña<br />

arrendada entre mojones como esté la más mí-<br />

nima partes della en esta jurisdiçión, aunque sea<br />

de forastero pueda meter la uba della sin<br />

pena alguna.<br />

Otrosí que metiendo qual quiera persona bino<br />

o uba de fuera mezclándolo con uba o bino que<br />

tenga de suyo aunque sea en la mitad o más lo de su<br />

cosecha lo haya perdido todo y se haga del solo<br />

que esté declarado en el primero capítulo desta<br />

plana y le executen la misma pena.<br />

Otrosí que la justiçia que es o fuere de esta villa de aquí a-<br />

delante guarde estas ordenanças y conforme a ellas hac-<br />

tue.<br />

80

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!