15.05.2013 Views

ORDENANZAS MUNICIPALES DE LA - Juan Luis Pérez Arribas

ORDENANZAS MUNICIPALES DE LA - Juan Luis Pérez Arribas

ORDENANZAS MUNICIPALES DE LA - Juan Luis Pérez Arribas

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Folio 54v<br />

Entrar lo heredado en lo público<br />

Primeramente que los questán entrados o dejen<br />

trar en los egidos pastos o abrebaderos e<br />

lugares e tierras públicas lo dejen ante la<br />

justizia y escribanos del conzejo so pena de tresçientos<br />

mrs. por la primera bez y por la segunda seis-<br />

çientos y por la tercera mill e dosçientos e medio año<br />

de destierro preçiso y todavía dexen lo que<br />

tubieren ocupados, las tales penas pecu-<br />

narias sean para el conzejo e denunçiador y<br />

juez por terçias partes.<br />

Otrosí que qual quiera persona que obiere plan-<br />

tados e plantase sazes o otros árboles en lo público<br />

entiéndase tener derecho a solo los árboles y no al<br />

suelo, de manera que se pueda pazer el suelo<br />

sin licençia alguna ni pena al dueño de los tales<br />

árboles y que abiéndolos cortado no tenga<br />

derecho alguno ………………………de árbol ni suelo y que<br />

nengún ……… no puedan cerrar los dichos ár-<br />

boles sobre dichas penas………………<br />

Otrosí que cuando planteren los dichos árboles<br />

lo hagan asentar al escribano del conzejo para que<br />

se sepa quien es señor de cada uno so pena que<br />

los pueda tomar el veçino más çercano que ubiere<br />

plantado allí çerca a la parte…………de lo<br />

plantado……………<br />

Otrosí que quando ubiere de cortar los dichos ár-<br />

boles plantados……………los………………entre<br />

dos tierras y si los cortaren y arran-<br />

caren las rrayçes por cada árbol aya en pe-<br />

na de treinta mrs. rrepartidos segund desuso.<br />

Otrosí quel que senbrare en lo público…………<br />

…………por público aya perdido lo senbrado y sea<br />

para el conzejo desta villa y lo mesmo sea a-<br />

biendo plantado vides olivos o otros qual<br />

quiera árboles fruteros como fructíferos.<br />

Bino o uba de fuera<br />

Primeramente que nenguna persona sea o-<br />

sado de meter bino de fuera desta villa en cueros<br />

78

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!