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• Comprar siempre pensando en lo que se<br />
va a consumir. Recuerde que existen<br />
envases de diferentes capacidades.<br />
En el caso de explotaciones pequeñas, no<br />
suele ser recomendable la compra de<br />
envases que tarden más de un año en<br />
terminarse.<br />
• Si tiene más de un cultivo, procure comprar productos que se puedan usar en<br />
todos. Así se gastará primero y es menos probable que quede producto de un<br />
año para otro.<br />
• Si va a comprar un producto que no ha usado, pregunte a un técnico o al<br />
encargado de venta, la superficie que se trataría con la cantidad que lleva el<br />
envase y compárela con la suya.<br />
4. Infracciones, sanciones y delitos<br />
La Ley de Sanidad Vegetal establece tres tipos de infracciones:<br />
a) Infracciones leves, desde 300 a 3.000 euros.<br />
b) Infracciones graves, desde 3.001 a 120.000 euros.<br />
c) Infracciones muy graves, desde 120.001 a 3.000.000 de euros.<br />
La sanción se graduará en función de los siguientes criterios: la reincidencia, la<br />
intencionalidad del infractor, el incumplimiento de advertencias previas, el daño y los<br />
perjuicios ocasionados, los beneficios obtenidos por el mal uso y la alteración social<br />
que pudiera producirse.<br />
Cuando las infracciones pongan en peligro la salud humana, la de los animales o el<br />
medio ambiente, las sanciones se incrementarán en un 50 por 100. Además de las<br />
sanciones, estarían los gastos por eliminar los resultados del mal uso, el cierre de la<br />
empresa y la pérdida de las subvenciones que hayan recibido los agricultores, además<br />
de no poder solicitarlas hasta 5 años después de la sanción.<br />
Se considera como una falta grave el uso de productos fitosanitarios ilegales. Se<br />
pasaría a una falta muy grave, cuando su uso pueda representar un riesgo muy grave<br />
para la salud humana, la sanidad animal o el medio ambiente.<br />
Se consideran faltas muy graves además: la<br />
fabricación o comercialización de productos<br />
fitosanitarios no autorizados o con etiquetado,<br />
información o publicidad que oculte su peligrosidad,<br />
quebrantar las medidas cautelares poniendo en<br />
circulación los productos o mercancías inmovilizadas<br />
por el uso de fitosanitarios ilegales.<br />
Además de lo anterior, la distribución de productos<br />
fitosanitarios ilegales, y en algunos casos su uso,<br />
puede constituir un delito contra la salud pública<br />
tipificados en el Código Penal.<br />
Decomiso de fitosanitarios ilegales por<br />
parte de la Guardia Civil<br />
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