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• Comprar siempre pensando en lo que se<br />

va a consumir. Recuerde que existen<br />

envases de diferentes capacidades.<br />

En el caso de explotaciones pequeñas, no<br />

suele ser recomendable la compra de<br />

envases que tarden más de un año en<br />

terminarse.<br />

• Si tiene más de un cultivo, procure comprar productos que se puedan usar en<br />

todos. Así se gastará primero y es menos probable que quede producto de un<br />

año para otro.<br />

• Si va a comprar un producto que no ha usado, pregunte a un técnico o al<br />

encargado de venta, la superficie que se trataría con la cantidad que lleva el<br />

envase y compárela con la suya.<br />

4. Infracciones, sanciones y delitos<br />

La Ley de Sanidad Vegetal establece tres tipos de infracciones:<br />

a) Infracciones leves, desde 300 a 3.000 euros.<br />

b) Infracciones graves, desde 3.001 a 120.000 euros.<br />

c) Infracciones muy graves, desde 120.001 a 3.000.000 de euros.<br />

La sanción se graduará en función de los siguientes criterios: la reincidencia, la<br />

intencionalidad del infractor, el incumplimiento de advertencias previas, el daño y los<br />

perjuicios ocasionados, los beneficios obtenidos por el mal uso y la alteración social<br />

que pudiera producirse.<br />

Cuando las infracciones pongan en peligro la salud humana, la de los animales o el<br />

medio ambiente, las sanciones se incrementarán en un 50 por 100. Además de las<br />

sanciones, estarían los gastos por eliminar los resultados del mal uso, el cierre de la<br />

empresa y la pérdida de las subvenciones que hayan recibido los agricultores, además<br />

de no poder solicitarlas hasta 5 años después de la sanción.<br />

Se considera como una falta grave el uso de productos fitosanitarios ilegales. Se<br />

pasaría a una falta muy grave, cuando su uso pueda representar un riesgo muy grave<br />

para la salud humana, la sanidad animal o el medio ambiente.<br />

Se consideran faltas muy graves además: la<br />

fabricación o comercialización de productos<br />

fitosanitarios no autorizados o con etiquetado,<br />

información o publicidad que oculte su peligrosidad,<br />

quebrantar las medidas cautelares poniendo en<br />

circulación los productos o mercancías inmovilizadas<br />

por el uso de fitosanitarios ilegales.<br />

Además de lo anterior, la distribución de productos<br />

fitosanitarios ilegales, y en algunos casos su uso,<br />

puede constituir un delito contra la salud pública<br />

tipificados en el Código Penal.<br />

Decomiso de fitosanitarios ilegales por<br />

parte de la Guardia Civil<br />

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