MANUAL CONVIVENCIA JUBASA 2017
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[Escriba el título del documento]<br />
OFERTA EDUCATIVA<br />
La Institución mediante resolución 205 del 05 de Noviembre del 2004, reafirma su carácter mixto y se<br />
encuentra acreditada para ofrecer los niveles de:<br />
‣ Preescolar<br />
‣ Educación básica primaria<br />
‣ Básica secundaria<br />
‣ Media académica<br />
SEDES<br />
LUGAR DIRECCIÓN GRADO QUE ATIENDE<br />
Sede la Vega Calle 14 N° 16-82<br />
Teléfono: 434 8487<br />
Preescolar<br />
Primero<br />
Sede Central<br />
Calle 14 Cra 14 esquina<br />
Teléfono: 435 2020<br />
Segundo a Quinto<br />
Sexto a Once<br />
Jornada nocturna por ciclos<br />
AULAS<br />
Cada sede tiene el número de aulas por cada grupo así<br />
• Sede de la Vega 05<br />
• Principal 22<br />
La sede principal se cuenta con 11 aulas de apoyo para las siguientes áreas: Matemáticas, Física,<br />
Tecnología, Inglés, Biología, Artística, Informática, Educación Física, Química<br />
TÍTULO I<br />
DE LA ADMISIÓN, MATRÍCULA Y PERMANENCIA DE L@S ESTUDIANTES LA SALLISTAS<br />
“El ingreso a un establecimiento educativo supone la posibilidad de que sus directivos exijan, al<br />
aspirante un conjunto de requisitos razonables, pues el derecho a la enseñanza como los demás<br />
enunciados a la constitución, no es absoluto ni limitado sino sometido en el ejercicio a unas reglas, sin<br />
alterar su espíritu. De donde se desprende que el derecho a la educación, no puede implicar la<br />
ausencia de facultades organizativas y disciplinarias de la institución educativa”.<br />
“De no atenderse este llamado de atención, la institución podrá disponer severas sanciones que<br />
pueden llegar a la expulsión del alumno, ya que quien se matricule en el establecimiento educativo<br />
con el objeto de ejercer el derecho Constitucional que lo ampara, contrae por ese mismo hecho<br />
obligaciones que cumplir”. Tratamiento jurisprudencial de la educación. Sentencia: T- 02 y 592 de<br />
1992.<br />
“Cuando la Institución Educativa exige del estudiante respuestas en materia académica, disciplinaria,<br />
moral y física, y demanda de él unas responsabilidad propias de su estado o impone sanciones<br />
proporcionales a las faltas, no viola sus garantías fundamentales, al contrario: ayuda a consolidar su<br />
adecuado desarrollo”.<br />
ARTÍCULO 1. ADMISIÓN. Son, entre otros, criterios de admisión a la Institución Educativa Juan<br />
Bautista La Salle, jornadas diurna y nocturna, los siguientes:<br />
a. Entrevista e informe académico.