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MANUAL CONVIVENCIA JUBASA 2017

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[Escriba el título del documento]<br />

OFERTA EDUCATIVA<br />

La Institución mediante resolución 205 del 05 de Noviembre del 2004, reafirma su carácter mixto y se<br />

encuentra acreditada para ofrecer los niveles de:<br />

‣ Preescolar<br />

‣ Educación básica primaria<br />

‣ Básica secundaria<br />

‣ Media académica<br />

SEDES<br />

LUGAR DIRECCIÓN GRADO QUE ATIENDE<br />

Sede la Vega Calle 14 N° 16-82<br />

Teléfono: 434 8487<br />

Preescolar<br />

Primero<br />

Sede Central<br />

Calle 14 Cra 14 esquina<br />

Teléfono: 435 2020<br />

Segundo a Quinto<br />

Sexto a Once<br />

Jornada nocturna por ciclos<br />

AULAS<br />

Cada sede tiene el número de aulas por cada grupo así<br />

• Sede de la Vega 05<br />

• Principal 22<br />

La sede principal se cuenta con 11 aulas de apoyo para las siguientes áreas: Matemáticas, Física,<br />

Tecnología, Inglés, Biología, Artística, Informática, Educación Física, Química<br />

TÍTULO I<br />

DE LA ADMISIÓN, MATRÍCULA Y PERMANENCIA DE L@S ESTUDIANTES LA SALLISTAS<br />

“El ingreso a un establecimiento educativo supone la posibilidad de que sus directivos exijan, al<br />

aspirante un conjunto de requisitos razonables, pues el derecho a la enseñanza como los demás<br />

enunciados a la constitución, no es absoluto ni limitado sino sometido en el ejercicio a unas reglas, sin<br />

alterar su espíritu. De donde se desprende que el derecho a la educación, no puede implicar la<br />

ausencia de facultades organizativas y disciplinarias de la institución educativa”.<br />

“De no atenderse este llamado de atención, la institución podrá disponer severas sanciones que<br />

pueden llegar a la expulsión del alumno, ya que quien se matricule en el establecimiento educativo<br />

con el objeto de ejercer el derecho Constitucional que lo ampara, contrae por ese mismo hecho<br />

obligaciones que cumplir”. Tratamiento jurisprudencial de la educación. Sentencia: T- 02 y 592 de<br />

1992.<br />

“Cuando la Institución Educativa exige del estudiante respuestas en materia académica, disciplinaria,<br />

moral y física, y demanda de él unas responsabilidad propias de su estado o impone sanciones<br />

proporcionales a las faltas, no viola sus garantías fundamentales, al contrario: ayuda a consolidar su<br />

adecuado desarrollo”.<br />

ARTÍCULO 1. ADMISIÓN. Son, entre otros, criterios de admisión a la Institución Educativa Juan<br />

Bautista La Salle, jornadas diurna y nocturna, los siguientes:<br />

a. Entrevista e informe académico.

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