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MANUAL CONVIVENCIA JUBASA 2017

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[Escriba el título del documento]<br />

18. Mantener actualizada en la Secretaría Académica la información exigida por la Institución.<br />

19. Cumplir con lo estipulado en el compromiso adquirido en la firma de la matrícula de su hijo o<br />

acudido.<br />

20. Asistir a todas las citaciones, reuniones y talleres donde recibirán asesoría sobre el proceso de<br />

inclusión académico y social de sus hijos.<br />

21. Mantener un compromiso que garantice el acompañamiento en el proceso formativo de sus<br />

hijos tanto a nivel de la institución, como de los apoyos tiflológicos y terapéuticos en salud.<br />

22. Presentar el diagnóstico actualizado del profesional competente en un tiempo No mayor a 90<br />

días.<br />

23. Realizar seguimiento y apoyo al proceso del estudiante contemplado en la adecuación y<br />

flexibilización curricular.<br />

24. los padres de los niños con diversidades funcionales, que por primera vez se vinculan a la<br />

institución o son recientemente diagnosticados asistirán a los talleres de sensibilización y<br />

conceptualización, programados por la docente de apoyo.<br />

PARÁGRAFO 1. El incumplimiento de uno o varios deberes acarreara sanciones como dar aviso al<br />

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).<br />

PARÁGRAFO 2. Como a los estudiantes de la jornada nocturna no les obliga tener acudiente para<br />

matricularse y permanecer como miembro de la Institución, éstos deben cumplir, además de los<br />

deberes como estudiantes, con los deberes estipulados en este artículo puesto que cada uno de<br />

ellos es acudiente de sí mismo. Esto es, tienen una doble responsabilidad que deberán acatar a<br />

cabalidad.<br />

CAPÍTULO III<br />

DEBERES Y DERECHOS GENERALES DE LOS ADMINISTRATIVOS<br />

ARTÍCULO 103. DEBERES Y DERECHOS GENERALES DE LOS ADMINISTRATIVOS<br />

En general, todos los funcionarios y Comunidad Educativa gozarán de los siguientes derechos:<br />

1. Recibir un trato cortés, decente y digno.<br />

2. No ser discriminado por razones de raza, sexo, religión o ideología.<br />

3. Disponer del tiempo establecido para las jornadas de salud ocupacional.<br />

4. Participar en reuniones y demás actividades en las que se discutan temas relacionados con<br />

la vida institucional.<br />

5. Disponer del tiempo establecido para las jornadas de salud ocupacional.<br />

6. Todos los establecidos en el Reglamento Interno de Trabajo de la Institución y en el Código<br />

Sustantivo del Trabajo de la República de Colombia.<br />

FUNCIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO<br />

ARTÍCULO 104. FUNCIONES DEL BIBLIOTECARIO.<br />

Es la dinamizadora de la creación de espacios que permitan la lectura y la investigación, la<br />

recreación y la superación intelectual. Sus funciones son:<br />

1. Participar activamente en el desarrollo y socialización del P.E.I.<br />

2. Elaborar el plan de actividades y presentarlo al Rector para su aprobación.<br />

3. Elaborar el proyecto de reglamento interno de la biblioteca y presentarlo al Rector para su<br />

aprobación al igual que fijar copia en un lugar visible para que pueda ser observado por todos<br />

los alumnos y docentes.

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