MANUAL CONVIVENCIA JUBASA 2017
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[Escriba el título del documento]<br />
5. Orientar a los docentes en el desarrollo evolutivo de los adolescentes en el manejo de situaciones<br />
conflictivas.<br />
6. Elaborar y ejecutar un programa de orientación profesional y laboral del estudiante.<br />
7. Coordinar su acción con los demás servicios de bienestar institucional.<br />
8. Detectar los problemas sociales, afectivos de los educandos y demás comunidad educativa.<br />
9. Promover y desarrollar actividades con los padres de familia, que contribuya al proces o de<br />
formación educativa de sus hijos.<br />
10. Colaborar con los docentes en la orientación de los estudiantes en su preparación para<br />
presentar evaluaciones estatales.<br />
11. Llevar un registro o seguimiento de los educandos, que presenten actitudes de desequilibrio<br />
emocionales y desadaptación social.<br />
12. Brindar orientación sicológica, fisiológica y social a las estudiantes en estado de gravidez.<br />
13. Evaluar semestralmente las actividades desarrolladas y presentar informe al rector.<br />
14. Responder por la seguridad y el uso adecuado de los equipos y materiales que le sean asignados.<br />
15. Informar a titulares y docentes sobre seguimientos de estudiantes con casos especiales (deudas<br />
académicas, dificultades disciplinarias yo familiares), con el fin de lograr may or apoyo y<br />
acompañamiento.<br />
TÍTULO VI<br />
DE L@S ESTUDIANTES<br />
CAPÍTULO I<br />
DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES<br />
ARTÍCULO 67.DERECHOS. Los estudiantes de la Institución Educativa Juan Bautista la Salle tienen<br />
los siguientes derechos:<br />
Generales:<br />
1. A la vida, la integridad física, la salud, la educación, la cultura, la recreación, demás derechos<br />
contemplados en la Constitución Política de Colombia.<br />
2. A vivir en un ambiente de honestidad en donde se trabaje por crecer en la responsabilidad personal<br />
y el respeto de cada persona a sí misma y a las demás.<br />
3. A que se cumplan las disposiciones del Ministerio de Educación y autoridades competentes.<br />
4. A la educación necesaria para su formación.<br />
5. A no ser sometidos a agresión física, psicológica y/o verbal.<br />
6. A recibir trato respetuoso, amable, sincero y dialogal por parte de los funcionarios de la Institución,<br />
sin discriminación por raza, sexo, origen, nacionalidad o familia, lengua, religión u opinión.<br />
7. A su intimidad y privacidad personal y familiar, así como a su honra y buen nombre.<br />
8. A presentar peticiones respetuosas y recibir respuesta de los directivos por motivo de interés<br />
general o particular, a través de las diferentes instancias del Gobierno Escolar.<br />
9. A ser oídos según los conductos regulares establecidos en este Manual de Convivencia.<br />
10. Al debido proceso en caso de imputación de alguna falta.<br />
11. A recibir primeros auxilios en caso de accidente o enfermedad.<br />
12. A exigir el buen uso y la conservación de los bienes de la Institución.<br />
13. A elegir y ser elegidos para los diferentes organismos de participación estudiantil de la Institución<br />
siempre y cuando reúnan las condiciones exigidas en el presente Manual.<br />
14. A revocar el mandato de sus representantes en los casos y en la forma que establece este manual.<br />
15. A participar en el proceso de aprendizaje, así como en actividades académicas, artísticas,<br />
culturales y deportivas dentro y fuera de la Institución previo el cumplimiento de las condiciones<br />
establecidas en este Manual.<br />
16. A participar con sus sugerencias en la elaboración del Proyecto Educativo Institucional y del Manual<br />
de Convivencia de la Institución, a través del Consejo Estudiantil.