MANUAL CONVIVENCIA JUBASA 2017
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[Escriba el título del documento]<br />
2. Extraordinarias: Se efectuará en casos especiales, a juicio del presidente o a solicitud de los<br />
miembros del Consejo. En este caso se precisará el motivo.<br />
PARAGRAFO 1: Al inicio del cuarto periodo se realizará una reunión ordinaria en la cual participarán<br />
Coordinadores Académicos, Padres de Familia y/o Acudientes, Docentes de áreas, Titulares y<br />
Estudiantes, con el fin de diseñar y planear la semana de refuerzo institucional.<br />
ARTÍCULO 59.FUNCIONES CONSEJO ACADEMICO. El Consejo Académico ejercerá sus<br />
funciones por un (1) año lectivo, contado a partir del momento en que fue elegido y hasta cuando<br />
se designe el nuevo Consejo por el elegido y hasta cuando se designe el nuevo Consejo por el<br />
procedimiento correspondiente.<br />
CAPÍTULO III<br />
PERSONER@ ESTUDIANTIL<br />
ARTÍCULO 60. REQUISITOS. Personero de los estudiantes: Según el artículo 28 del decreto<br />
1860 de 1994, en todos los establecimientos educativos el Personero será un Estudiante que<br />
curse el último grado que ofrezca la Institución.<br />
1. Requisitos para su elección.<br />
1.1 Ser estudiante que cursa el último grado en la Institución.<br />
1.2 Observar excelente comportamiento y rendimiento académico.<br />
1.3 Ser elegido mediante votación secreta, durante los 30 días calendario siguiente a la iniciación de<br />
clases.<br />
1.4 Presentar oportunamente al Consejo Directivo hoja de vida y programa de trabajo para ser<br />
aprobado.<br />
2. Funciones.<br />
2.1 Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes utilizando los medios<br />
de comunicación internos de la Institución.<br />
2.2 Apoyarse en el Consejo Estudiantil para desarrollar actividades, cuando lo considere<br />
conveniente.<br />
2.3 Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a sus<br />
derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el cumplimiento de las<br />
obligaciones de los estudiantes.<br />
2.4 Presentar ante el Rector, según sus competencias, las solicitudes escritas o verbales que<br />
hagan los estudiantes para proteger sus derechos y facilitar el cumplimiento de sus deberes.<br />
2.5 Cuando lo considere necesario apelar ante el Consejo Directivo, las decisiones del Rector<br />
respecto de las peticiones presentadas por su intermedio.<br />
2.6. Gestionar y liderar ante los diversos entes regionales y nacionales, proyectos en beneficio de la<br />
institución.<br />
PARÁGRAFO 1: En caso de ausencia definitiva del personero, asumirá esta función el<br />
estudiante que haya obtenido la segunda votación.