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Internacionales en materia de Derechos Humanos, del Derecho Internacional Humanitario<br />
y la legislación secundaria.<br />
3) Principio del respeto a las normas que consagran el debido proceso:<br />
Los procedimientos judiciales que se apliquen en el marco de los mecanismos de justicia<br />
transicional contemplados en las presentes regulaciones, promoverán que cada persona<br />
disponga de las garantías de la presunción de inocencia y los principios del debido<br />
proceso, así como las reglas convencionales, acorde a las leyes y la Constitución, para<br />
que el resultado judicial o administrativo sea equitativo y justo.<br />
4) Principio de Imprescriptibilidad de los Crímenes de Lesa Humanidad y Crímenes de<br />
Guerra:<br />
Los crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, cometidos en el contexto y en<br />
razón del conflicto armado interno, independientemente del perjuicio causado a la<br />
víctima, son imprescriptibles; por lo tanto, no podrá invocarse el transcurso del tiempo,<br />
para evitar su investigación y juzgamiento.<br />
5) Principio de Universalidad:<br />
La presente normativa, en lo relativo a las medidas de investigación y juzgamiento, será<br />
aplicable, bajo el más absoluto respeto a los principios y garantías del debido proceso y<br />
sin ninguna distinción, a las personas que, independientemente del sector al que hubieran<br />
pertenecido durante el pasado conflicto armado interno, hayan cometido los graves<br />
hechos delictivos objeto de esta ley.<br />
6) Principio de Legalidad<br />
Nadie podrá ser sancionado por una acción u omisión que la ley penal no haya descrito<br />
en forma previa, precisa e inequívoca como delito o falta, ni podrá ser sometido a penas<br />
que la ley no haya establecido con anterioridad.<br />
No podrá configurarse delito o falta, ni imponerse pena o medida de seguridad por<br />
aplicación analógica de la ley penal..<br />
7) Principio de Individualización de la responsabilidad<br />
Es atribuible un hecho punible al autor mediato, inmediato, así como al cómplice por su<br />
acción u omisión en la materialización del crimen.<br />
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