Table of Contents - YES Prep Public Schools
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Adicionalmente, <strong>YES</strong> <strong>Prep</strong> reconoce que conducta inapropiada puede tomar la forma de agresión social o<br />
relacional. Agresión relacional es un comportamiento que intenta herir a alguien dañando o manipulando sus<br />
relaciones con otros por medio de métodos directos o indirectos, los cuales incluyen, pero no se limitan al<br />
aislamiento social y/o exclusión, actos de agresión evidentes que pueden ser físicos o verbales, y herir a través<br />
de daño o amenaza de daño al bienestar físico de otro. Este tipo de actos NO serán tolerados y constituyen un<br />
motivo para una acción disciplinaria, incluyendo la suspensión y/o expulsión de la escuela. Del mismo modo,<br />
pueden ser contratadas agencias legales.<br />
El hostigamiento sexual incluye todo tipo de atención sexual no deseada, no reciproca, no invitada (ya sea<br />
directa o indirectamente) así como la creación de un ambiente, en la escuela o en el trabajo, hostil,<br />
intimidante u <strong>of</strong>ensivo. Hostigamiento puede incluir, pero no limitarse a:<br />
Miradas y gestos de carácter sexual<br />
Chistes, fotos o burlas con contenido sexual<br />
Presionar para tener una cita o para tener sexo<br />
Comentarios sexualmente degradantes<br />
Tocar de repente a alguien o arrinconarlo o pellizcarlo, sin su autorización<br />
<br />
<br />
Intentar acariciar o besar a alguien sin su permiso<br />
Amenazar, demandar o sugerir que cualquier tipo de favor sea concedido a cambio de sexo o a<br />
cambio de tolerar avances sexuales<br />
La violencia de pareja incluye el uso intencional de abuso físico, sexual, verbal o emocional de una persona<br />
para dañar, amenazar, intimidar o controlar a otra persona en una relación de noviazgo. Se trata de un patrón<br />
de conducta coercitiva que ejerce uno sobre el otro, con el propósito de establecer y mantener poder y<br />
control. La violencia de pareja puede incluir, pero no se limita a:<br />
• El abuso físico (golpes, patadas, empujones, asfixia, etc.)<br />
• Control de las actividades diarias, opciones y acceso a recursos<br />
• Aislamiento de la familia, los amigos, las actividades religiosas, escuela, comunidad, etc.<br />
• El abuso emocional (actitudes de desprecio, humillación pública, etc.)<br />
• Sabotaje<br />
• El abuso y el acoso tecnológico<br />
• La coerción sexual<br />
• Las amenazas de suicidio u homicidio, intentos, atentados y/o terminaciones<br />
Además, los estudiantes tienen prohibido participar en expresión escrita u oral, expresión a través de medios<br />
electrónicos, o manifestaciones físicas, en la propiedad escolar, en una actividad patrocinada por la escuela o<br />
relacionada con la escuela, o en un vehículo del Distrito y que su efecto tendrá o podrá dañar físicamente a un<br />
estudiante, a la propiedad de un estudiante, o colocar a un estudiante en riesgo de razonable daño a su<br />
persona o a su propiedad, o la acción es lo suficientemente severa, persistente y dominante que amenaza y<br />
crea un ambiente educativo intimidante, amenazante o abusivo contra dicho estudiante.<br />
Este tipo de conducta se considera intimidación, si la conducta desencadena en un desequilibrio de poder<br />
entre el agresor estudiante y la víctima estudiante a través de expresiones escritas u orales o conducta física, e<br />
interfiere con la educación de un estudiante o perturbe el funcionamiento de una escuela.<br />
Si un estudiante cree que está siendo objeto de intimidación, el estudiante debe notificar inmediatamente a<br />
su maestro, al consejero de apoyo al estudiante o al Director de la Escuela. Además, si alguien cree que<br />
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