Informe Segundo Semestre 2004 - Banco Provincial
Informe Segundo Semestre 2004 - Banco Provincial
Informe Segundo Semestre 2004 - Banco Provincial
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
<strong>Banco</strong> <strong>Provincial</strong>, S.A. - <strong>Banco</strong> Universal<br />
Notas a los Estados Financieros<br />
31 de diciembre y 30 de junio de <strong>2004</strong><br />
(En miles de<br />
bolívares)<br />
Pérdida fiscal territorial de años anteriores 131.634.696<br />
Pérdida fiscal extraterritorial de años anteriores compensada en el <strong>2004</strong> 6.247.732<br />
Pérdida fiscal territorial que vence en el 2005 121.460.657<br />
Total pérdidas fiscales al 31 de diciembre de <strong>2004</strong> 259.343.085<br />
Pérdida fiscal territorial de años anteriores, que vencieron en el <strong>2004</strong> y<br />
que no serán aprovechadas (131.634.696)<br />
Total pérdidas fiscales trasladables 127.708.389<br />
Impuesto a los activos empresariales del <strong>2004</strong> 2.388.775<br />
b) Impuesto a los activos empresariales<br />
El impuesto a los activos empresariales constituye un impuesto mínimo y complementario del<br />
impuesto sobre la renta. Este impuesto es del 1% sobre el promedio simple de los activos no<br />
monetarios ajustados por inflación y los activos monetarios, menos la desvalorización por efectos de la<br />
inflación, calculado sobre los montos al principio y al final del año. Se excluyen de la base imponible<br />
los activos monetarios hasta la concurrencia del monto en dinero depositado o captado por o de los<br />
clientes del <strong>Banco</strong>, a las respectivas fechas de inicio y cierre del ejercicio económico. Como parte de<br />
la normativa legal, el cálculo del impuesto a los activos empresariales es efectuado conjuntamente con<br />
el del impuesto sobre la renta causado, debiéndose acreditar el primero al monto de este último, y<br />
cancelar por concepto de impuesto a los activos empresariales la porción en que éste exceda al<br />
impuesto sobre la renta causado.<br />
El 1 de septiembre de <strong>2004</strong> entró en vigencia la Ley que deroga el Decreto Ley N° 3.266 de fecha 26<br />
de noviembre de 1993, mediante el cual se dicta la Ley de Impuesto a los Activos Empresariales. En<br />
consecuencia, sólo a los efectos de este impuesto, los ejercicios que se encontraban en curso<br />
culminaron con la entrada en vigencia de dicha Ley derogatoria.<br />
El impuesto a los activos empresariales determinado y causado por el <strong>Banco</strong> para el año finalizado el<br />
31 de diciembre de <strong>2004</strong> es de Bs 2.389 millones, el cual podrá ser considerado como crédito fiscal<br />
contra el impuesto sobre la renta que se cause en los próximos tres años. Al 31 de diciembre de <strong>2004</strong><br />
el <strong>Banco</strong> tiene créditos fiscales por este concepto que ascienden a Bs 15.559 millones, de los cuales<br />
Bs 8.068 millones vencen en el 2005, Bs 7.491 millones vencen en el 2006 y el resto vence en el 2007.<br />
c) Impuesto a las ganancias netas aplicables a la Sucursal en el exterior<br />
La Sucursal está sujeta en las Antillas Neerlandesas a un impuesto sobre las ganancias netas<br />
provenientes de las actividades de inversión (Investment activities), cuya tasa impositiva fue acordada<br />
con el Fisco Neerlandés en un 2,4% de la ganancia neta gravable hasta US$56.000 y de un 3% sobre la<br />
ganancia neta restante. Esto está basado en el Tax Ruling N° UR02-3614, aprobado por las<br />
autoridades fiscales de Curacao en diciembre de 2002, el cual tiene una vigencia de tres años.<br />
Las ganancias o pérdidas en cambio y las ganancias de capital no forman parte de la ganancia neta<br />
gravable para propósitos del impuesto de las Antillas Neerlandesas.<br />
46