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L A S T E O R Í A S S O B R E C R I M I N A L I D A D , V I O L E N C I A Y J U V E N T U D<br />

Emile Durkheim [1858-1917] (1986) menciona a la criminalidad como un<br />

hecho que, si bien execrable, debe cumplir alguna función en la sociedad, al es-<br />

6<br />

tar presente en toda sociedad conocida. Respecto a la patologización del cri-<br />

7<br />

men, Durkheim considera que aquello que es normal no puede ser patológico.<br />

La criminalidad y otros fenómenos normalmente referidos como patológicos,<br />

como por ejemplo la prostitución, solo lo serían al alcanzar niveles en los que<br />

amenazan la reproducción del orden social y conducen al estado de anomia o<br />

ausencia de normas.<br />

Podemos afirmar que los estudios sobre la criminalidad bien nos podrían llevar<br />

a preocuparnos por el tema con el prurito eugenésico de conjurarlo –situación<br />

que podría sesgar la visión del investigador– o bien nos podrían llevar a presentar<br />

la funcionalidad o carácter inexorable del crimen. La dicotomía propuesta<br />

en estas líneas guarda relación con las tradiciones mencionadas por Schneider<br />

y Schneider (2008) sobre los estudios concernientes a la criminalidad en el<br />

campo de la antropología. Las corrientes mencionadas son los estudios de la<br />

criminalización y el crimen.<br />

Sobre la criminalización, los autores señalan que se trata de cómo se construye<br />

al sujeto criminal, normalmente con pretensiones de estigmatizarlo frente<br />

a un orden establecido. Esto queda ilustrado en algunos trabajos, como el libro<br />

«Rebeldes Primitivos» de Erick Hobsbawn, que muestra cómo se criminalizan<br />

ciertos actos que pueden ser interpretados como rebeliones contra un orden<br />

8<br />

injusto. De este modo, fenómenos como el bandidaje serían formas prepolíticas<br />

de subvertir el orden. Muchos otros trabajos (citados por Schneider y<br />

Schneider) encuentran a los sujetos criminalizados en regímenes coloniales o<br />

autoritarios que intentan acallar cualquier forma de protesta a través de la crimi-<br />

9<br />

nalización.<br />

10<br />

La antropología del crimen ha seguido una ruta distinta, concentrándose<br />

en organizaciones criminales reconocidas frente a sistemas legales específicos.<br />

6 Esta función sería mantener activas las estructuras de vigilancia y castigo de las sociedades. De<br />

no haber sujetos recurrentes a quienes perseguir, o con cuyo accionar contrastar la ley, las instituciones<br />

represivas, que no reprimen tan solo el delito común u organizado, sino también la<br />

subversión política, se verían debilitadas. Esto último no sería una situación deseada por gobernantes<br />

o muchos funcionarios, aunque la función social no requiera conciencia ni intencionalidad<br />

expresa de sus actores.<br />

7 Normal, aquí, debe entenderse como recurrente.<br />

8 Robo en áreas rurales perpetrado a grandes propietarios y en el que los bandidos pueden ser<br />

reconocidos positivamente por los pobladores.<br />

9 Otro caso emblemático es la descripción que daban los medios oficiales mejicanos sobre Emiliano<br />

Zapata. De ellos se podía imaginar a un ser brutal y sin ley, pero no a un líder revolucionario.<br />

10 Cabe precisar que las investigaciones sobre el tema no se limitan a la antropología.<br />

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