jurisprudenciales y los textos completos de losfallos.Los fallos son publicados en su totalidad enformato rtf, doc o wpd y son convertidos a dosformatos electrónicos, ASCII –para serincorporados a las bases de datos de búsquedasa texto completo-, y PDF -para la lectura eimpresión de los documentos a imagen del fallofirmado-. Este último formato es resultado de unproceso de conversión automático, por medio deun servicio asincrónico, que realiza una barridaperiódica de la base de datos y efectúa laconversión.En el corto plazo, no obstante, este sistema seráreemplazado por un proceso de carga deinformación a través de una aplicación web, quefacilitará centralización, gestión y actualizaciónde la información contenida en nuestrosservidores, sin modificarse en lo substancial lospasos del proceso de publicación y consulta.La base de datos de Sumarios es pública y seencuentra disponible en el sitio web del Poder<strong>Judicial</strong> de la Nación (www.pjn.gov.ar), a travésde un motor de búsqueda con ampliasposibilidades de filtrado y organización de lainformación. Asimismo, la base de datos defallos de la Corte Suprema, sobre la cual se harealizado un trabajo histórico documental y quecuenta con fallos desde 1863 hasta la actualidad,es también de consulta pública.Simultáneamente, y gracias a conveniosfirmados con otros organismos, los datosproducidos vienen a nutrir sus basesdocumentales, como es el caso del SistemaArgentino de Informática Jurídica (SAIJ),dependiente del Ministerio deJusticia de la Nación, ampliando aún más lasposibilidades de difusión.Este servicio, al igual que la consulta de causasa través de nuestro sitio web, vienen amodernizar los modos en que los distintosactores del sistema interactúan. Actualmente,las mesas de entrada de los tribunalesencuentran menos consultas debido a que losletrados gradualmente incorporan estos nuevosservicios a la gestión de las actividades que lesson propias. Imaginamos y trabajamos para unfuturo próximo, cercano, en el cual losprogresos en el campo de la organizaciónjudicial, potenciados por la implementación dela tecnología, reducirá aún más los plazos y loscostos del proceso judicial, facilitando yampliando las posibilidades de acceso a laJusticia .El Dr. Eduardo Orio es Vicepresidente delConsejo de la Magistratura del Poder <strong>Judicial</strong>de la Nación de la República Argentina.ARGENTINAPÁGINA 8
El desarrollo de los Sistemas deInformación Documental,En el ámbito <strong>Judicial</strong> de ColombiaMariana Gutiérrez Dueñas*Reciente evolución de los sistemas de información documental en la Rama <strong>Judicial</strong> de Colombia yexperiencias en la utilización de diversas tecnologías tendientes a mejorar el acceso oportuno de lainformación judicial a los servidores de la Rama y a la comunidad en general.“Los jueces, en sus providencias, solo están sometidos al imperio de la ley.La equidad, la jurisprudencia, los principios generales del derecho y la doctrinason criterios auxiliares de la actividad jurisdiccional.”(Constitución Política de Colombia, art. 230)La Ley Estatutaria de la Administración deJusticia de Colombia, 1 señala al ConsejoSuperior de la Judicatura, como órganode gobierno de la Rama <strong>Judicial</strong>, la tarea dediseñar, desarrollar, poner, y mantener enfuncionamiento adecuados sistemas deinformación que incluyan entre otros, el accesode los servidores judiciales en forma completa yoportuna al conocimiento de las fuentes formalesdel Derecho tanto nacionales comointernacionales; además, le impone el deber depropender por la incorporación de tecnología deavanzada al servicio de la Administración deJusticia y faculta a los jueces de la Repúblicapara utilizar los medios técnicos, electrónicos,informáticos y telemáticos a su alcance para elcumplimiento de sus funciones. De igual maneraestablece que la Corte Constitucional, máximotribunal de la jurisdicción constitucional ennuestro país, debe disponer de un sistema de1Ley 270 de 1996, arts. 95 y 106consulta sistematizada de la jurisprudencia conacceso a todas las personas.En este sentido, la Sala Administrativa delConsejo Superior de la Judicatura, a través desu Centro de Documentación <strong>Judicial</strong>, de ordenestatutario y creado mediante Acuerdo 560 de1999, con el apoyo del Consejo General delPoder <strong>Judicial</strong> de España 2 , propende por brindarel acceso de los servidores judiciales y de lacomunidad nacional e internacional, a laconsulta y el intercambio de información,documentación y bibliografía socio-jurídica y dederecho comparado. El Cendoj entonces tienedentro de sus funciones la de organizar y ponera disposición como fuente de consultapermanente de los servidores judiciales, lajurisprudencia de la Corte Constitucional, laCorte Suprema de Justicia, el Consejo de2Convenio de Cooperación entre el Consejo General del Poder<strong>Judicial</strong> de España y el Consejo Superior de la Judicatura deColombia suscrito el 21 de febrero de 1997COLOMBIAPÁGINA 9
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