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REGISTRO OFICIAL - Andrade Veloz & Associates

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12 -- Registro Oficial Nº 230 -- Miércoles 7 de Julio del 2010Nº 148-A MF-2010EL MINISTRO DE FINANZASConsiderando:En ejercicio de las atribuciones conferidas en el Título IV,capítulo tercero, artículo 154, numeral 1 de la Constituciónde la República, publicada en el Registro Oficial Nº 449 de20 de octubre del 2008; y, de los artículos 17 y 55 delEstatuto del Régimen Jurídico Administrativo de laFunción Ejecutiva y de su reforma constante en el DecretoEjecutivo Nº 131, publicado en el Registro Oficial Nº 35de 7 de marzo del 2007,Acuerda:ARTICULO UNICO.- Delegar al señor Cristian EscobarRuiz, funcionario de esta Cartera de Estado, para que enrepresentación del Ministerio de Finanzas, asista a lareunión de la Junta Nº 54 de Fideicomiso AGD - CFN -NO MAS IMPUNIDAD, que se llevará a cabo en estaciudad, el jueves 10 de junio del 2010.Comuníquese.Quito, Distrito Metropolitano, 10 de junio del 2010.f.) Patricio Rivera Yánez, Ministro de Finanzas.Es copia, certifico.f.) Ing. Xavier Orellana Páez, Director de Certificación yDocumentación del Ministerio de Finanzas.creencias, y a difundidas individual o colectivamente, conlas restricciones que impone el respeto a los derechos; y, elderecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma librey voluntaria;Que, mediante informe jurídico Nº 2010-448-SJ-vv de 27de febrero del 2010, se emite pronunciamiento favorablepara que se disponga la inscripción y publicación en losregistros correspondientes del estatuto de la entidadreligiosa denominada Iglesia Casa de Fe, por considerarque ha cumplido con lo dispuesto en el Decreto Supremo212 de 21 de julio de 1937 (Ley de Cultos), publicado enel Registro Oficial Nº 547 de 23 del mismo mes y año, asícomo, con el Reglamento de Cultos Religiosos,publicado en el Registro Oficial Nº 365 de 20 de enero del2000; y,En ejercicio de la delegación otorgada por el señorMinistro de Gobierno, Policía y Cultos, mediante AcuerdoMinisterial Nº 0704 de 9 de febrero del 2010 y conformeestablece la Ley de Cultos y su reglamento deaplicación,Acuerda:ARTICULO PRIMERO.- Ordenar la inscripción delestatuto de la entidad religiosa denominada Iglesia Casa deFe en el Registro de Organizaciones Religiosas delRegistro de la Propiedad del Cantón Guayaquil, provinciade Guayas, domicilio de la entidad.ARTICULO SEGUNDO.- Disponer que la organizaciónreligiosa ponga en conocimiento del Ministerio deGobierno, Policía y Cultos cualquier modificación en losestatutos o en el personal del gobierno interno; ingreso yegreso de miembros, así como los cambios delrepresentante legal de la entidad, a efectos de ordenar suinscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.ARTICULO TERCERO.- Disponer se incorpore alRegistro General de Entidades Religiosas del Ministerio deGobierno, el estatuto y expediente de la entidad religiosadenominada Iglesia Casa de Fe, de conformidad con el Art.11 del Reglamento de Cultos Religiosos.Nº 0874MINISTERIO DE GOBIERNO,POLICIA Y CULTOSRamiro Rivadeneira SilvaSUBSECRETARIO DE ASESORIA JURIDICAConsiderando:Que, en esta Secretaría de Estado se ha presentado unasolicitud y documentación pertinente para la inscripción ypublicación en los registros correspondientes, del estatutode la entidad religiosa denominada Iglesia Casa de Fe;Que, los numerales 8 y 13 del artículo 66 de laConstitución de la República, en su orden, reconocen ygarantizan a las personas el derecho a practicar, conservar,cambiar, profesar en público o en privado, su religión o susARTICULO CUARTO.- Notificar a los interesados conuna copia de este acuerdo, conforme a lo dispuesto en elartículo 126 del Estatuto del Régimen JurídicoAdministrativo de la Función Ejecutiva.ARTICULO QUINTO.- El presente acuerdo, entrará envigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de supublicación en el Registro Oficial.Comuníquese.Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 3 de marzo del2010.f.) Ramiro Rivadeneira Silva, Subsecretario de AsesoríaJurídica, Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos.MINISTERIO DE GOBIERNO, POLICIA YCULTOS.- Certifico que el presente documento es fielcopia del original que en dos foja(s) útil(es) reposa en losarchivos de la Subsecretaría Jurídica.- Quito, 8 de marzodel 2010.- f.) Ilegible, Subsecretaría Jurídica.

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