11.07.2015 Views

REGISTRO OFICIAL - Andrade Veloz & Associates

REGISTRO OFICIAL - Andrade Veloz & Associates

REGISTRO OFICIAL - Andrade Veloz & Associates

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Registro Oficial Nº 230 -- Miércoles 7 de Julio del 2010 -- 29pluvial, así como la regulación y disposición final de lasaguas residuales del cantón Pedro Carbo, con el fin depreservar la salud de sus habitantes y su entorno ecológico.Art. 4.- ATRIBUCIONES Y DEBERES DE LAEMPRESA.- Son deberes y atribuciones de la empresa:proveer y comercializar el líquido vital y administrar yoperar los sistemas de agua potable y alcantarilladosanitario y pluvial en todos sus órdenes, para lo cualdeberá:a) Planificar, proyectar y realizar los estudios y diseñosrespectivos para la ejecución de obras de agua potabley alcantarillados en el cantón;b) Elaborar las normas y especificaciones técnicas queregulen la construcción, mantenimiento y uso de lossistemas de agua potable, alcantarillado y demásservicios que preste la empresa;c) Conocer y aprobar los proyectos o diseños de aguapotable y alcantarillado de las urbanizacionesparticulares, así como la supervisión y recepción de lostrabajos de acuerdo a las normas y especificacionestécnicas dictadas por la empresa y el GobiernoMunicipal de acuerdo a sus atribuciones legales;d) Realizar los estudios y obras necesarias que permitanregular la calidad de los sistemas, tendiente a preservarlos servicios de agua potable y alcantarillado y todossus elementos;e) Realizar los estudios necesarios para complementar lossistemas de agua potable y tratamiento de aguasservidas existentes, para ampliarlos, complementarlos uoptimizarlos, de conformidad con los requerimientospoblacionales, empresariales, de conformidad con lasnormas técnicas y legales vigentes;f) Controlar la calidad de los materiales a utilizarse en laejecución de las obras que realice, contrate o conceda,estén de acuerdo con las normas técnicas establecidaspor la empresa y autorizar y supervisar su correctautilización;g) Ejecutar obras de agua potable y alcantarillado, poradministración directa, contrato o concesión;h) Recibir las obras, bienes y servicios de conformidad alas cláusulas contractuales y legales y garantizar sumantenimiento;i) Organizar las áreas técnicas y administrativas quefueren necesarias y capacitar a su personal;j) Cuidar y mantener los recursos de la empresa;k) Recaudar e invertir correctamente sus recursos ofondos;l) Estudiar y preparar para su aprobación por el GobiernoMunicipal Autónomo de acuerdo a la ley, la fijación detarifas, tasas, derechos, contribuciones especiales; etc.,por los servicios que presta la empresa;ll)Cumplir y hacer cumplir las ordenanzas, acuerdos oresoluciones dictadas por el Gobierno MunicipalAutónomo que regulan la planificación, construccióny la provisión del servicio de agua potable yalcantarillado;m) Proveer los materiales necesarios cuando se ejecutenobras en forma conjunta con el Gobierno Municipaly/o con otras instituciones públicas o privadas; podráextenderse la prestación de sus servicios medianteconvenios con otros gobiernos seccionales y otrasentidades de derecho público o privado, promoviendola formación de empresas de economía mixta, siempreque se garantice la óptima prestación de los serviciosque presta la empresa con carácter eminentementesocial; y,n) Recuperar la cartera vencida mediante la accióncoactiva, siguiendo los pasos señalados en el CódigoTributario.CAPITULO IIDE LA DIRECCION Y ADMINISTRACIONTITULO IArt. 5.- ORGANIZACION EMPRESARIAL.- Sonórganos de Dirección y Administración de la EMAPAPC-EP:1. El Directorio.2. La Gerencia General.En los términos señalados en la Ley Orgánica deAdministración Financiera y Control, 2da.; de la LeyOrgánica de Empresas Públicas; de la Ley Orgánica deRégimen Municipal; y, la presente ordenanza.TITULO IIDEL DIRECTORIOArt. 6.- COMPOSICION DEL DIRECTORIO.- ElDirectorio estará compuesto por:1. El Alcalde o su delegado, quien lo presidirá.2. Dos concejales designados por el Concejo.3. El Director de Obras Públicas Municipales.4. El Director de Medio Ambiente.Art. 7.- DEL QUORUM.- EL Directorio sesionaráválidamente, con la presencia mínima de tres de susmiembros.Art. 8.- VOTACIONES.- Las votaciones del Directorioserán nominales, una vez iniciada la votación no podránabandonar la sesión; no podrá abstenerse de votar; elPresidente tendrá voz y voto dirimente.Los votos en blanco se sumarán a la mayoría; lasresoluciones se tomarán por mayoría simple de los vocalesconcurrentes.El Gerente será el Secretario del Directorio, tendrá vozpero no voto.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!