REGISTRO OFICIAL - Andrade Veloz & Associates
REGISTRO OFICIAL - Andrade Veloz & Associates
REGISTRO OFICIAL - Andrade Veloz & Associates
- No tags were found...
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
Registro Oficial Nº 230 -- Miércoles 7 de Julio del 2010 -- 29pluvial, así como la regulación y disposición final de lasaguas residuales del cantón Pedro Carbo, con el fin depreservar la salud de sus habitantes y su entorno ecológico.Art. 4.- ATRIBUCIONES Y DEBERES DE LAEMPRESA.- Son deberes y atribuciones de la empresa:proveer y comercializar el líquido vital y administrar yoperar los sistemas de agua potable y alcantarilladosanitario y pluvial en todos sus órdenes, para lo cualdeberá:a) Planificar, proyectar y realizar los estudios y diseñosrespectivos para la ejecución de obras de agua potabley alcantarillados en el cantón;b) Elaborar las normas y especificaciones técnicas queregulen la construcción, mantenimiento y uso de lossistemas de agua potable, alcantarillado y demásservicios que preste la empresa;c) Conocer y aprobar los proyectos o diseños de aguapotable y alcantarillado de las urbanizacionesparticulares, así como la supervisión y recepción de lostrabajos de acuerdo a las normas y especificacionestécnicas dictadas por la empresa y el GobiernoMunicipal de acuerdo a sus atribuciones legales;d) Realizar los estudios y obras necesarias que permitanregular la calidad de los sistemas, tendiente a preservarlos servicios de agua potable y alcantarillado y todossus elementos;e) Realizar los estudios necesarios para complementar lossistemas de agua potable y tratamiento de aguasservidas existentes, para ampliarlos, complementarlos uoptimizarlos, de conformidad con los requerimientospoblacionales, empresariales, de conformidad con lasnormas técnicas y legales vigentes;f) Controlar la calidad de los materiales a utilizarse en laejecución de las obras que realice, contrate o conceda,estén de acuerdo con las normas técnicas establecidaspor la empresa y autorizar y supervisar su correctautilización;g) Ejecutar obras de agua potable y alcantarillado, poradministración directa, contrato o concesión;h) Recibir las obras, bienes y servicios de conformidad alas cláusulas contractuales y legales y garantizar sumantenimiento;i) Organizar las áreas técnicas y administrativas quefueren necesarias y capacitar a su personal;j) Cuidar y mantener los recursos de la empresa;k) Recaudar e invertir correctamente sus recursos ofondos;l) Estudiar y preparar para su aprobación por el GobiernoMunicipal Autónomo de acuerdo a la ley, la fijación detarifas, tasas, derechos, contribuciones especiales; etc.,por los servicios que presta la empresa;ll)Cumplir y hacer cumplir las ordenanzas, acuerdos oresoluciones dictadas por el Gobierno MunicipalAutónomo que regulan la planificación, construccióny la provisión del servicio de agua potable yalcantarillado;m) Proveer los materiales necesarios cuando se ejecutenobras en forma conjunta con el Gobierno Municipaly/o con otras instituciones públicas o privadas; podráextenderse la prestación de sus servicios medianteconvenios con otros gobiernos seccionales y otrasentidades de derecho público o privado, promoviendola formación de empresas de economía mixta, siempreque se garantice la óptima prestación de los serviciosque presta la empresa con carácter eminentementesocial; y,n) Recuperar la cartera vencida mediante la accióncoactiva, siguiendo los pasos señalados en el CódigoTributario.CAPITULO IIDE LA DIRECCION Y ADMINISTRACIONTITULO IArt. 5.- ORGANIZACION EMPRESARIAL.- Sonórganos de Dirección y Administración de la EMAPAPC-EP:1. El Directorio.2. La Gerencia General.En los términos señalados en la Ley Orgánica deAdministración Financiera y Control, 2da.; de la LeyOrgánica de Empresas Públicas; de la Ley Orgánica deRégimen Municipal; y, la presente ordenanza.TITULO IIDEL DIRECTORIOArt. 6.- COMPOSICION DEL DIRECTORIO.- ElDirectorio estará compuesto por:1. El Alcalde o su delegado, quien lo presidirá.2. Dos concejales designados por el Concejo.3. El Director de Obras Públicas Municipales.4. El Director de Medio Ambiente.Art. 7.- DEL QUORUM.- EL Directorio sesionaráválidamente, con la presencia mínima de tres de susmiembros.Art. 8.- VOTACIONES.- Las votaciones del Directorioserán nominales, una vez iniciada la votación no podránabandonar la sesión; no podrá abstenerse de votar; elPresidente tendrá voz y voto dirimente.Los votos en blanco se sumarán a la mayoría; lasresoluciones se tomarán por mayoría simple de los vocalesconcurrentes.El Gerente será el Secretario del Directorio, tendrá vozpero no voto.