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Memoria del Sexto Congreso Nacional de Bibliotecas Públicas

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SEXTO CONGRESO NACIONAL DE BIBLIOTECAS PÚBLICASzado un paso en la lucha que se libra en contra <strong>de</strong> que se viole este <strong>de</strong>rechoque correspon<strong>de</strong> a los creadores <strong>de</strong> una obra intelectual.Á MBITO GENERAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL“La creatividad y la innovación son los nuevos motores <strong>de</strong> la economíamundial y el bienestar nacional <strong>de</strong>pen<strong>de</strong> cada vez más <strong>de</strong> la estrategia queadopte un país para explotar su capital intelectual” 2 .Vista <strong>de</strong>s<strong>de</strong> su marco conceptual, múltiples <strong>de</strong>finiciones han intentadoatrapar a la propiedad intelectual, todas con idéntico <strong>de</strong>nominador común:creaciones <strong>de</strong> la mente. Definámosla como todas aquellas creaciones intelectualesque emanan <strong>de</strong> la mente, abarcando <strong>de</strong>s<strong>de</strong> lo artístico hasta lo tecnológico.La propiedad intelectual, abarca en sí dos categorías esenciales:Derechos <strong>de</strong> Autor: Cuyo concepto manejaremos más explícitamenteen el contenido <strong>de</strong> la ponencia, yPropiedad Industrial: Creaciones intelectuales enfocadas a la industriay al comercio, distinguiéndose las invenciones, los diseños industriales,las marcas y otros signos distintivos, etcétera.Los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> propiedad intelectual confieren a su titular un monopoliolegal que le permite ser el único autorizado para utilizar su creación, <strong>de</strong>ahí que pueda impedir a cualquier persona que la use sin su consentimientoy autorización expresos. Monopolio que podrá ejercer por un tiempo <strong>de</strong>terminadopor la ley correspondiente, garantizándole así un beneficio económicopor su creación 3 .La necesidad <strong>de</strong> que se proteja la propiedad intelectual respon<strong>de</strong> a variasrazones imperativas tales como:1. El progreso y el bienestar <strong>de</strong> la humanidad <strong>de</strong>pen<strong>de</strong>n <strong>de</strong> su capacidadpara lograr nuevas creaciones en las esferas <strong>de</strong> la tecnología y la cultura.2. La protección jurídica <strong>de</strong> las nuevas creaciones alienta la inversión <strong>de</strong>recursos adicionales, que inducen a seguir innovando.2 Cumbre <strong>de</strong> la OMPI sobre Propiedad Intelectual y la Economía basada en los Conocimientos, 2003.3Tal como se refiere en la Declaración Universal <strong>de</strong> los Derechos Humanos, adoptada y proclamada por laResolución <strong>de</strong> la Asamblea General <strong><strong>de</strong>l</strong> 10 <strong>de</strong> diciembre <strong>de</strong> 1948, que en su artículo 27 establece el <strong>de</strong>rechoa beneficiarse <strong>de</strong> la protección <strong>de</strong> los intereses morales y materiales resultantes <strong>de</strong> la autoría <strong>de</strong> todaproducción científica, literaria o artística.270

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