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Untitled - Diputación de Cádiz

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iamente y <strong>de</strong>stinaron a la siembra <strong>de</strong> cereal o a la plantación <strong>de</strong> olivares y viñedos erantierras <strong>de</strong> propios y arbitrios situadas en los parajes <strong>de</strong> La Sierra, Cerro <strong>de</strong>l Cincho, Monfortey Jaral. Eran tierras <strong>de</strong> propiedad municipal cuya titularidad disputaban los ayuntamientos<strong>de</strong> Morón y Puerto Serrano y <strong>de</strong> las que el segundo nunca había tenido posesión efectiva.La ley <strong>de</strong> <strong>de</strong>samortización civil <strong>de</strong> 1 <strong>de</strong> mayo <strong>de</strong> 1855 vino a zanjar la cuestión al <strong>de</strong>clararlas<strong>de</strong> titularidad estatal. Los campesinos que los habían ocupado pudieron, por su parte,acogerse a la ley <strong>de</strong> 6 <strong>de</strong> mayo que les respetaba la posesión <strong>de</strong> la tierra abonando un canonanual y que venía a ser un paso previo a la privatización, pues la ley <strong>de</strong> <strong>de</strong>samortizacióndisponía un mecanismo <strong>de</strong> re<strong>de</strong>nción y venta <strong>de</strong> los censos. Los campesinos solicitaron laescritura <strong>de</strong> data a censo y el Ayuntamiento <strong>de</strong> Puerto Serrano informó favorablemente laconsulta <strong>de</strong> la Diputación acerca <strong>de</strong> la conveniencia <strong>de</strong> enajenar las tierras:“<strong>de</strong> este modo se logrará la felicidad <strong>de</strong> infinidad <strong>de</strong> familias que a fuerza <strong>de</strong> trabajos y<strong>de</strong>svelos han conseguido meter en labor terrenos escabrosos e improductivos, consiguiéndosea la vez que aquellos terrenos hasta ahora improductivos <strong>de</strong>venguen una renta alpatrimonio municipal”.Como el litigio por el término estaba abierto, se planteó la cuestión <strong>de</strong> cuál <strong>de</strong> los dosayuntamientos <strong>de</strong>bía instruir los expedientes. El <strong>de</strong> Puerto Serrano convino con la Diputación<strong>de</strong> Cádiz legalizar las ocupaciones <strong>de</strong> las tierras dándolas a censo a los campesinos,“pero advirtiendo que mientras no se <strong>de</strong>termine la cuestión que existe entre esta villa y la<strong>de</strong> Morón sobre la división <strong>de</strong> término, sólo pue<strong>de</strong> conce<strong>de</strong>r a los roturadores la posesiónprecaria e interina <strong>de</strong> las tierras que disfrutan”. Los campesinos pagarían anualmente elcenso <strong>de</strong> las tierras, cada 25 <strong>de</strong> julio, “a este Ayuntamiento o al <strong>de</strong> Morón según el Gobiernodisponga” 13 . Documentos posteriores refieren un reparto <strong>de</strong> tierras hecho por el Ayuntamientoen 1855, pero <strong>de</strong>sconozco qué tierras se repartieron y cuántos fueron los beneficiarios;sólo sé que el vecino José Barea Gómez solicitó once años <strong>de</strong>spués la legitimación<strong>de</strong> cuarenta y seis fanegas que adquirió a quienes las obtuvieron en el reparto 14 .Aunque no podamos cuantificar las tierras repartidas o roturadas arbitrariamente durantelos años cincuenta ni los beneficiarios <strong>de</strong> los repartos y <strong>de</strong> las legitimaciones <strong>de</strong>roturaciones arbitrarias, ambos están sin duda en el origen parcial <strong>de</strong>l numeroso estrato <strong>de</strong>pequeños propietarios que la documentación fiscal permite i<strong>de</strong>ntificar a finales <strong>de</strong> la décaday durante la siguiente. El amillaramiento es un documento fiscal que registra las propieda<strong>de</strong>srústicas, urbanas y pecuarias <strong>de</strong> todos los vecinos y hacendados forasteros. El confec-13. AMPS, AC, sesiones <strong>de</strong> 17-6-1855, 26-8-1855 y 28-10-1855.14. AMPS, AC, sesión <strong>de</strong> 27-10-1866.71

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