You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
80 GACETA OFICIAL <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>CIUDAD</strong> <strong>DE</strong> <strong>MÉXICO</strong> 15 de Febrero de 2017<br />
Financiamiento Público<br />
para el Sostenimiento Financiamiento Público<br />
Límite<br />
de<br />
Total Financiamiento<br />
Partido de Actividades para Actividades<br />
Financiamiento<br />
Público Partidos Políticos<br />
Político Ordinarias<br />
Específicas 2017<br />
Privado en Dinero y<br />
para 2017<br />
Permanentes 2017<br />
en Especie para 2017<br />
ACU-04-17<br />
ACU-05-17<br />
PAN $ 50,791,672.08 $ 1,523,750.16 $ 52,315,422.24<br />
PRI 46,156,281.54 1,384,688.44 47,540,969.98 $ 23,490,835.40<br />
PRD 68,685856.52 2,060,575.69 70,746,432.21<br />
PT 6,974,549.99 392,318.44 7,366,868.43 7,366,868.42<br />
PVEM 26,940,733.74 808,222.02 27,748,955.76<br />
MC 26,102,218.46 783,066.56 26,885,285.02<br />
23,490,835.40<br />
NA 6,974,549.99 392,318.44 7,366,868.43 7,366,868.42<br />
Morena 78,302,784.51 2,349,083.53 80,651,868.04<br />
PES 30,003,084.27 900,092.53 30,903,176.80<br />
23,490,835.40<br />
PH 21,744,868.36 652,346.05 22,397,214.41 22,397,214.40<br />
Total $ 362,676,599.46 $ 11,246,461.86 $ 373,923,061.32<br />
OCTAVO. Se otorga un plazo de 15 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, para que los<br />
partidos políticos informen a la Secretaría Ejecutiva los montos mínimos y máximos de las aportaciones de sus militantes.<br />
NOVENO. El presente Acuerdo entrará en vigor al momento de su publicación en los estrados de la sede central del<br />
Instituto Electoral del Distrito Federal.<br />
DÉCIMO. Publíquese este Acuerdo de manera inmediata a su aprobación, en los estrados del Instituto Electoral, en la sede<br />
central, en sus cuarenta Direcciones Distritales, y en la página de Internet www.iedf.org.mx<br />
DÉCIMO PRIMERO. Notifíquese personalmente este Acuerdo a los representantes de los partidos políticos acreditados<br />
ante el Consejo General del Instituto Electoral, y al Instituto Nacional Electoral, dentro de los cinco días siguientes a su<br />
entrada en vigor.<br />
DÉCIMO SEGUNDO. Realícense las adecuaciones procedentes, en virtud de la determinación asumida por el Consejo<br />
General, en el apartado de Transparencia de la página de Internet www.iedf.org.mx y publíquese un extracto de la misma en<br />
las redes sociales de este Instituto.<br />
DÉCIMO TERCERO. Remítase el presente Acuerdo, a la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para su publicación,<br />
dentro del término de los diez días hábiles siguientes a su aprobación.<br />
Así lo aprobaron por unanimidad de votos las Consejeras y los Consejeros Electorales del Instituto Electoral, en sesión<br />
pública el treinta y uno de enero de dos mil diecisiete, firmando al calce el Consejero Presidente y el Secretario del Consejo<br />
General, quien da fe de lo actuado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58, fracción VIII y 60, fracción V, del<br />
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal.<br />
(Firma)<br />
Mtro. Mario Velázquez Miranda.<br />
Consejero Presidente<br />
(Firma)<br />
Lic. Rubén Geraldo Venegas.<br />
Secretario Ejecutivo