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lineamientos-generales

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236. Los supervisores de zona de educación inicial, básica y los supervisores de sector, llevarán a cabo el<br />

seguimiento de las acciones de cada escuela y el director, conforme las orientaciones que establezca<br />

el área técnica correspondiente, sistematizarán la información y entregarán al sector escolar los<br />

registros del seguimiento. Asimismo, participarán en las reuniones de seguimiento que organizará la<br />

supervisión general de sector.<br />

Realizarán al mes, como mínimo, dos visitas a cada escuela pública y una a cada escuela particular en<br />

su ámbito de competencia; en cada visita registrarán su entrada y su salida en el libro de visitas. El<br />

supervisor conformará su Carpeta, en donde incluirá copia de las orientaciones y demás<br />

instrumentos que elabore para apoyar los procesos de mejora. Esta Carpeta será insumo<br />

fundamental, para las reuniones de trabajo que el supervisor lleve a cabo con el supervisor general<br />

de sector, para analizar el avance de cada escuela.<br />

Los supervisores <strong>generales</strong> de educación preescolar, primaria y secundaria, de educación física,<br />

supervisores de zona de educación inicial y especial, llevarán a cabo el seguimiento de las acciones<br />

de cada zona y supervisor conforme las orientaciones que difunda el área técnica correspondiente,<br />

sistematizarán la información y entregarán a la dirección regional de servicios educativos<br />

correspondiente, los registros del seguimiento. Asimismo, participarán en las reuniones de<br />

seguimiento que organizarán las coordinaciones o direcciones regionales.<br />

237. En DGSEI, los supervisores <strong>generales</strong> de sector de educación preescolar, primaria y secundaria,<br />

supervisores de educación física, supervisores de zona de educación inicial y especial, y supervisores<br />

de música escolar, formarán parte del Consejo Técnico Regional.<br />

4.4 SUPERVISOR/INSPECTOR DE EDUCACIÓN FÍSICA<br />

238. Desarrollará, apoyado por las áreas técnicas y académicas, las acciones encaminadas a incrementar la<br />

calidad de la clase de educación física, actividades de deporte escolar y extraescolares, activación<br />

física y recreo activo, en las escuelas bajo su responsabilidad, teniendo como base la mejora continua<br />

de la enseñanza, aprendizaje y desarrollo profesional de maestros; la creación de una cultura de<br />

participación, inclusión y colaboración con maestros de educación inicial, preescolar, primaria,<br />

secundaria y especial; y el fortalecimiento del liderazgo técnico-pedagógico, así como el logro de los<br />

fines y propósitos educativos.<br />

239. Diagnosticará la situación de la educación física de cada escuela de forma colegiada con el director<br />

y/o supervisor de educación inicial, básica, especial o docente de educación física de la misma y<br />

elaborará el Plan de Gestión o Plan de Trabajo Anual del Supervisor, a partir de la planeación de la<br />

escuela a través del Plan Estratégico de Transformación Escolar, mismo que presentará a su<br />

autoridad inmediata al inicio del ciclo escolar.<br />

Lineamientos Generales para la Organización y Funcionamiento de los Servicios de Educación Inicial, Básica, Especial y para Adultos<br />

en el Distrito Federal. Ciclo Escolar 2011-2012<br />

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