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lineamientos-generales

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291. Al inicio del ciclo escolar, las escuelas deben presentar para su autorización a la autoridad<br />

correspondiente, el programa de actividades extracurriculares que se realizará para apoyar el<br />

cumplimiento de los planes y programas de estudio. La participación de los alumnos en estas<br />

actividades será opcional y no afectará en sus evaluaciones.<br />

292. Las escuelas remitirán a la autoridad correspondiente, DGOSE, DGSEI y DGEST el formato de<br />

plantilla de personal, antes del último día hábil de octubre, agregando los documentos que soporten<br />

el perfil académico.<br />

293. Los supervisores de zona, revisarán los acuerdos de incorporación, para que se respeten los términos<br />

en los que fueron emitidos como matrícula por grupo, plan y programas, plantilla de personal,<br />

horarios, domicilio y condiciones físicas del inmueble. Así como los acuerdos Secretariales<br />

correspondientes con los que se otorgan las autorizaciones para impartir Educación Básica.<br />

En la DGSEI, esta actividad será llevada a cabo por el Equipo de Supervisión, dependiente de la<br />

Subdirección de Incorporación de Escuelas Particulares.<br />

294. Al inicio del ciclo escolar, los supervisores de zona, con oficio de la autoridad competente, realizarán<br />

al menos dos visitas de inspección ordinaria a las escuelas incorporadas y en el caso de que hubiese<br />

alguna irregularidad, remitirá por el mismo conducto el resultado de la visita.<br />

En la DGSEI, esta actividad será llevada a cabo por el Equipo de Supervisión, dependiente de la<br />

Subdirección de Incorporación de Escuelas Particulares.<br />

295. Los supervisores escolares con oficio de la autoridad correspondiente, realizarán visitas de<br />

inspección extraordinarias, cuando en el transcurso del ciclo escolar la escuela presente<br />

irregularidades, por el mismo medio, remitirá el resultado de la visita. En las escuelas que exista<br />

alguna problemática, se realizarán las visitas de seguimiento que consideren convenientes en el<br />

transcurso del ciclo escolar.<br />

296. Todas las escuelas particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios de la<br />

SEP, están obligadas a contar con un Programa Interno de Protección Civil registrado y autorizado<br />

por la Unidad de Protección Civil Delegacional.<br />

Lineamientos Generales para la Organización y Funcionamiento de los Servicios de Educación Inicial, Básica, Especial y para Adultos<br />

en el Distrito Federal. Ciclo Escolar 2011-2012<br />

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