09.08.2015 Views

Derecho Penal

Derecho Penal - IHMC Public Cmaps (2)

Derecho Penal - IHMC Public Cmaps (2)

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

PARTE SUBJETIVA DEL TIPO (TIPO SUBJETIVO): Comprende el contenido de la voluntad que rige laacción, que según su intensidad puede ser dolosa o culposa. Nos ocupamos ahora del aspectosubjetivo del tipo doloso.A la parte subjetiva de los delitos dolosos corresponde todo aquello que pertenece a la direcciónde la voluntad del autor y a su conocimiento de los elementos objetivos del tipo. En su virtud, laparte subjetiva se compone en todo caso del dolo y, en ocasiones, de los elementos subjetivosdistintos del dolo.EL DOLOLa doctrina considera que el dolo es el conocimiento y voluntad de realización de los elementosdel tipo objetivo.ELEMENTOS• Cognoscitivo: El sujeto de la acción debe conocer los elementos que caracterizan su conductacomo acción típica, o sea, debe conocer el tipo objetivo (ej. En el homicidio debe saber quemata a otra persona).• Volitivo: Consiste en la voluntad de realizar el tipo objetivo.CLASES DE DOLO: Hay 3 formas diferentes de dolo:1. Dolo directo: Actúa con dolo directo quien dirige su voluntad a la realización de un resultadoque considera consecuencia principal de su accionar. Ej. quien quiere matar y para ello haceingerir a la víctima veneno habrá actuado con el dolo de homicidio agravado por el medio.2. Dolo indirecto (o de consecuencias necesarias): Es una variante del anterior. El autor dirige suaccionar hacia un objetivo pero sabiendo que necesariamente se producirán otrasconsecuencias que acepta o le resultan indiferentes. (Ej. un terrorista quiere matar aldiplomático poniendo una bomba en la embajada donde trabaja junto con varias personas queseguramente morirán con la bomba –consecuencias necesarias de la acción querida-).3. Dolo eventual: Su característica en que el autor dirige su acción con finalidad lícita, peroasumiendo como posible la realización de un evento típico. Es decir: la posibilidad cierta deproducción del resultado típico –si bien no querido– no detiene su acción. Ejemplo: el sujetoque se sabe portador de HIV decide mantener relaciones sexuales sin protección.En la práctica es muy difícil de diferenciarlo de la culpa consciente: cuando el autor actúa conindiferencia hacia la probable producción del resultado, habrá dolo eventual; si por elcontrario, confía o cree seriamente en que éste no se producirá, estaremos ante un caso deculpa consciente.ELEMENTOS SUBJETIVOS DISTINTOS DEL DOLOEn algunos casos se requiere un plus de agotamiento del tipo que se conoce como los elementossubjetivos del tipo distintos del dolo y que consisten en requerimientos que exceden el dolo.M A R T I N _ @ L I V E . C O M . A R p l a n e t a i u s . c o m . a r Página 36

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!