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Derecho Penal

Derecho Penal - IHMC Public Cmaps (2)

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• La teoría restrictiva sostiene que no se puede aplicar la suspensión del juicio a prueba adelitos que posean una pena prevista mayor de 3 años, aun cuando en concreto la penaafectiva aplicada no exceda tal número de años (probation solo para delitos no graves).Fallo Kosuta.• La teoría amplia, estima que la aplicación del instituto cubre todos los delitos,distinguiendo que no requiere consentimiento del Ministerio Publico para las penas queno excedan de 3 años y sí requiere consentimiento del fiscal en aquellos que lo supera,admitiendo la aplicación analógica del art. 76 bis a aquellos delitos que poseen enabstracto una pena prevista con máximo superior a los 3 años, siempre que en concreto lapena a imponerse sea de 3 años o menor.OTRAS CONDICIONESEl imputado al presentar la solicitud, deberá ofrecer reparar el daño en la medida de lo posible, loque significa resarcir a la victima dentro de sus posibilidades económicas. El damnificado podrá ono aceptar la indemnización, si no lo hiciere, ello no será impedimento para que el tribunal laconceda igualmente.No procederá este beneficio en los hechos cometidos por un funcionario público en el ejercicio desus funciones ni en los casos de delitos reprimidos con pena de inhabilitación.Si el fiscal no prestara su consentimiento en modo fundado, el Tribunal no podrá conceder laprobation.REVOCACION DEL BENEFICIOLa suspensión del juicio será dejada sin efecto si con posterioridad se conocieran circunstanciasque modifiquen el máximo de la pena aplicable o la estimación acerca de la condicionalidad de laejecución de la posible condena.Si durante el tiempo fijado por el tribunal el imputado no comete un delito, repara los daños en lamedida ofrecida y cumple con las reglas de conducta establecida, extinguirá la acción penal (art.76ter). En caso contrario, se llevará a cabo el juicio y si el imputado fuere absuelto se le devolveránlos bienes abandonados a favor del Estado y la multa pagada, peno no podrá pretender elreintegro de las reparaciones cumplidas.Para su revocación, se requiere una sentencia condenatoria firme. Si se dictara dentro del plazo deprueba, la probation otorgada por el primer hecho se revoca, debiendo realizarse el juicio, y lacondena que recaiga no podrá ser de ejecución condicional.La suspensión del juicio a prueba podrá ser concedida por segunda vez si el nuevo delito ha sidocometido después de haber transcurrido 8 años a partir de la fecha de expiración del plazo por elcual hubiera sido suspendido el juicio en el proceso anterior.DETERMINACION Y GRADUACION DE LA PENA. EL SISTEMA DEL ART. 41 CPLa individualización de la pena es la precisión que se hace en cada caso concreto para determinarla cantidad y calidad de los bienes jurídicos de que es necesario y posible privar al autor de undelito.Nuestro sistema legal ha escogido el mecanismo de indeterminación de la pena, y deja al juez latarea de determinar su monto entre un mínimo y un máximo. Para hacerlo, el juez debe fundar sudecisión. Así deberá valorar la magnitud del injusto y de la culpabilidad, sin perjuicio de admitir elcorrectivo de la peligrosidad del autor. El art. 40 señala que en las penas divisibles por razón detiempo o cantidad, los tribunales fijaran la condenación de acuerdo con las circunstanciasatenuantes o agravantes particulares a cada caso. El art. 41 señala criterios generales:• La naturaleza de la acción y los medios empleadosM A R T I N _ @ L I V E . C O M . A R p l a n e t a i u s . c o m . a r Página 80

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