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Derecho Penal

Derecho Penal - IHMC Public Cmaps (2)

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Exceso del instigado: El instigador no puede responder más que por aquello que dolosamenteinstigó. No responde por el exceso del instigado→ ej. se instiga a golpear y el instigado mata.Si bien la 1º parte del art. 47 CP se ocupa solo de la complicidad, no hay inconveniente enextenderla analógicamente a la instigación.A la inversa, si el instigado realiza menos de lo querido por el instigador (ej. se instiga a matary sólo se lesiona levemente), la limitación impuesta por la accesoriedad hace que ésteresponda por el delito efectivamente cometido (lesiones leves) no obstante que instigo unhomicidio.EL SISTEMA DE COMUICABILIDAD DEL ART. 48 CPArt. 48: “Las relaciones, circunstancias y calidades personales, cuyo efecto sea disminuir o excluir lapenalidad, no tendrán influencia sino respecto al autor o cómplice a quienes correspondan.Tampoco tendrán influencia aquéllas cuyo efecto sea agravar la penalidad, salvo el caso en quefueren conocidas por el partícipe” ← Esta disposición se ha conocido con el nombre de“incomunicabilidad de las circunstancias personales” y está referido a todas las relaciones,circunstancias y calidades personales que hacen a la culpabilidad, a la peligrosidad y a las causaspersonales de exclusión de la pena.La participación es accesoria de un injusto y no necesariamente de un delito; de allí que cuandocircunstancias que son ajenas al injusto tengan por efecto excluir la culpabilidad, disminuirla oexcluir la penalidad, estas circunstancias no pueden beneficiar a los demás concurrentes.Tampoco se comunican las relaciones, calidades y circunstancias personales que agraven lapenalidad, salvo que sean conocidas por el participe.LA PENALIDAD EN EL CP ARGENTINOLa complicidad necesaria, al igual que la instigación, tiene la misma pena que la autoría y lacoautoría. En cambio, la complicidad secundaria tiene una escala penal atenuada, que es la mismaque se aplica a la tentativa (art. 42). La pena se disminuye de un tercio a la mitad.M A R T I N _ @ L I V E . C O M . A R p l a n e t a i u s . c o m . a r Página 66

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