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Sentencia No C479 DE 1992 CIRO ANGARITA PREAMBULO.pdf

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masivos comprados"; desarrolla supuestos "retiros voluntarios", que enrealidad configuran un medio indirecto de coacción para constreñir la voluntadde los empleados, induciéndolos a la renuncia; establece mecanismosunilaterales para la declaratoria de insubsistencia dentro de los planescolectivos de retiro compensado.Todo ello, en el sentir de los actores, desconoce el principio plasmado en elartículo 53 de la Constitución.-Según el artículo 4º de la Carta, ella es norma de normas, razón por la cual elDecreto 1660 debe ser declarado inexequible, pues ha creado zozobra,intranquilidad, amenazas de paros nacionales e inseguridad de millones detrabajadores.-El Decreto 1660 fracciona y progresivamente elimina el derecho de asociaciónsindical, en contradicción con la autonomía sindical consignada en losConvenios Internacionales 87 y 98 de la O.I.T., que hacen parte de lalegislación interna según el artículo 53 de la Constitución Política, en cuantotransfiere a la solución individual conflictos de trabajo que deben sertramitados dentro del espíritu de acuerdo (artículos 55 y 56 de laConstitución).-En el derecho al trabajo sólo están vigentes los convenios internacionalesratificados por el Congreso porque aún no se ha expedido el nuevo Estatuto deTrabajo, y repugna a la más elemental reflexión jurídica que puedan tenervigencia leyes expedidas a la luz de la anterior Constitución, contradictoriascon la actual.-El artículo 8º Transitorio de la actual Constitución Política sólo dejo vigentespor 90 días después de su promulgación los decretos expedidos por elGobierno en ejercicio de las facultades del estado de sitio. La norma acusadano corresponde a dichas facultades.-El espíritu de acuerdo bilateral en la solución de conflictos laborales rigedesde el día cuatro (4) de julio de mil novecientos noventa y uno (1991),aunque la ley no lo haya reglamentado.2) Demanda D-025El ciudadano ALIRIO URIBE MUÑOZ expone:-Tanto en el artículo 2º de la Ley 60 de 1990 como en los artículo 1 a 15 y 18del Decreto Reglamentario (Sic) 1660 de 1991 se crean sistemas que atentancontra el derecho al trabajo, que se manifiesta inicialmente en el derecho aadquirir un empleo y en el derecho a conservarlo.-Las normas demandadas vulneran el Preámbulo de la Constitución, en el cualaparece protegido el derecho al trabajo.

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