EL DISCURSO POLíTICO DE MANUEL FRAGA - Universidad ...
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Etapa 2aIlega<br />
Año 1990:<br />
Discursos ante el Parlamento de Galicia<br />
Manuel Fraga Iribarne comenzará su primera intervención en el Parlamento Gallego entre los<br />
días 29 y 31 de enero, para presentar su propuesta de candidato a presidente de la Xunta de<br />
Galicia y hacer la presentación de su programa de Gobierno y elección.<br />
Las aportaciones que para el capítulo autonómico hace, empiezan a señalar que, hasta ahora, “los<br />
grandes planes de inversión del Estado fueron proyectados cada vez más en otras direcciones de<br />
la geografía nacional, marginando a Galicia y aumentando su retraso relativo respecto de otras<br />
partes de España y de Europa” y que después de estos dos años “que ya fueron juzgados por el<br />
cuerpo electoral”, Galicia se enfrenta con una Administración autonómica “poco ordenada y<br />
excesivamente centralizada, con una política de personal politizada y descontrolada y con unas<br />
finanzas desorbitadas<br />
Posteriormente, en nuevo presidente de la Xunta de Galicia, aborda los aspectos constitucionales<br />
y legales que encierran las autonomías y dice que “La Constitución y el Estatuto, ofrecen unas<br />
reglas de juego que, perceptibles como son, deben ser la base común para conseguir nuevos<br />
logros, pero con lealtad al esfuerzo de consenso que representaron y siguen siendo” y, en esta<br />
línea, dice que las autonomías son, en todos los casos, un progreso en la organización<br />
administrativa racional de los estados modernos, pero, además, “y así lo reconoce el artículo<br />
segundo de nuestra Constitución”, son “un reconocimiento de personalidades históricas y<br />
sociales infundibles, como sin duda ocurre en los casos del país Vasco, de Cataluña y de nuestra<br />
Galicia”. Con esta aseveración comienza a hablar y reconocer Fraga, tal y como anteriormente se<br />
expuso, a las tres comunidades autónomas “históricas” así como su “hecho diferencial”, si bien<br />
recuerda que esto, a su vez, “no puede servir de pretexto para representaciones insolidarias y<br />
totalmente fuera de la realidad histórica de hoy”. Al respecto incide Fraga en que “la<br />
Constitución fue la que articuló fórmulas flexibles para que las nacionalidades históricas<br />
confirmen su integración secular en un Estado nacional común”. El presidente del PP gallego<br />
asegura que “llevaremos el desenvolvimiento de los principios constitucionales y de las<br />
normatiVas estatutarias hasta sus definitivas consecuencias y, por supuesto, pediremos la<br />
interpretación más favorable y extensiva de sus preceptos y la aceleración de las transferencias<br />
pendientes, sin prejuicio de contemplar (...) la ampliación del techo estatutario y aún la<br />
aplicación de las posibilidades del articulo 150.2 de la Constitución”, que indica que “el Estado<br />
podrá transferir o delegar en las comunidades autónomas, mediante ley orgánica, facultades<br />
correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles<br />
de transferencia o delegación. La ley preverá en cada caso la correspondiente transferencia de<br />
medios financiero, así como las formas de control que se reserve el Estado”.<br />
Continuando con sus referencias a la Constitución, Fraga reitera que “hay una regla de oro” que<br />
se trata “de acatar con respeto escrupuloso y estricto a los principios que sirven para vertebrar el<br />
Estado de las Autonomías” con una “rigurosa fidelidad” al mismo sistema por parte de la<br />
Administración central y de las CC.AA., porque “solamente comprendiendo sus presupuestos y<br />
manteniéndonos en sus límites lograremos darle a la actuación pública el suficiente empuje que<br />
merece y exige”.<br />
Fraga recuerda que los estatutos de autonomía declaran en su preámbulo que el poder político de<br />
las CC.AA. deriva de la Constitución y se debe a la voluntad expresada por el pueblo,<br />
concretada luego en el propio texto del Estatuto, y que “estos son los criterios con los que se<br />
debe medir siempre el alcance de las atribuciones económicas” y que “desde luego, es necesario<br />
hacerlo así, ya que la norma fundamental española lo impone” pero aclara que “también debe ser<br />
así, porque, en otro caso, las autonomías se convertirían en piezas aisladas, desligadas de los<br />
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