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Resolución Defensorial N° 58 - Defensoría del Pueblo

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Política de protección y restitución de tierras<br />

En cuanto se refiere al ejercicio <strong>del</strong> derecho a la reparación y restitución de<br />

tierras abandonadas, propiedad de las víctimas <strong>del</strong> desplazamiento forzado en<br />

Colombia, es evidente que existe un marco jurídico que busca la reparación<br />

integral de parte <strong>del</strong> Estado colombiano. Sin embargo, la experiencia ha<br />

demostrado una alta debilidad institucional, sumada a la complejidad para<br />

desarrollar un sistema con capacidad de integración, coordinación y gestión de<br />

todo el proceso, incluyendo la atención centralizada de las víctimas y una base de<br />

datos que permita corroborar la información entregada por la comisión de<br />

seguimiento o el registro único de población desplazada. Además, la ausencia de<br />

un sistema nacional que se encuentre en línea con las bases de datos regionales<br />

y con los institutos de catastro y el INCODER, hace titánica la tarea de la<br />

reparación efectiva e integral de las víctimas <strong>del</strong> desplazamiento para, de esta<br />

manera, dar cumplimiento a lo estipulado en la ley colombiana y en los acuerdos<br />

internacionales que el Estado ha suscrito.<br />

En el marco de la Ley de Justicia y Paz, según algunos medios de comunicación,<br />

durante diez años, se ha extinguido el dominio de cerca de un millón de<br />

hectáreas de tierras, entregadas a depositarios provisionales, algunas vendidas<br />

por el Gobierno, pero aún no utilizadas para solucionar los problemas <strong>del</strong><br />

desplazamiento y la expulsión <strong>del</strong> campesinado 35 .<br />

La Unidad Regional de Atención Integral de Víctimas o de Justicia y Paz de la<br />

<strong>Defensoría</strong> <strong>del</strong> <strong>Pueblo</strong> tramitó, en el 2009, 118 solicitudes de protección de<br />

predios abandonados por causa de la violencia e inició un proceso de apertura de<br />

canales interinstitucionales para avanzar en procura de la verdad, la justicia y la<br />

reparación de las víctimas. Es necesario tener en cuenta que los pocos casos, las<br />

amenazas y los atentados contra líderes sociales impiden la entrega a los<br />

desplazados de bienes de extinción de dominio.<br />

Planteamientos gubernamentales<br />

El Gobierno nacional ha venido trabajando algunas propuestas para abordar el<br />

tema de tierras y desplazados, principalmente en respuesta a los autos emitidos<br />

por la Corte Constitucional en el año 2009 36 . Estos documentos preliminares han<br />

sido cuestionados por no abordar de fondo las causas <strong>del</strong> problema y centrar la<br />

acción estatal en la “restitución subsidiaria en dinero y en especie”, sin atender<br />

los reales problemas <strong>del</strong> despojo y el desplazamiento 37 .<br />

Una de estas es la Ley 791 de 2002, por medio de la cual se reducen en materia<br />

civil los términos de prescripción sobre la propiedad, de 20 a 10 años para la<br />

prescripción adquisitiva de dominio sobre bienes inmuebles, tratándose de<br />

prescripción extraordinaria, y de 10 a cinco años cuando se trate de prescripción<br />

ordinaria. Sin embargo, estos preceptos legales pueden utilizarse para favorecer<br />

o no al campesino. El primer caso, que es desfavorable para el campesino, se<br />

podría presentar frente a un derecho <strong>del</strong> cual él es titular, cuando un tercero<br />

pretenda que le sea declarada la prescripción extintiva <strong>del</strong> dominio, bien por el<br />

abandono o por la ocupación fraudulenta <strong>del</strong> poseedor ilegítimo, cuando se trate<br />

35 En Revista Semana. Investigación Social “Guerreros y campesinos, el despojo de la tierra en Colombia”,<br />

Alejandro Reyes Posada, editado por Norma. Jueves 9 abril 2009.<br />

36 Departamento Nacional de Planeación; los Ministerios de Agricultura y Desarrollo Rural, y <strong>del</strong> Interior y de<br />

Justicia; la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional. Propuesta de lineamientos<br />

de política de tierras y territorios para la población víctima <strong>del</strong> desplazamiento forzado, en riesgo de<br />

desplazamiento y de despojo. Junio 25 de 2009, , en consulta con Instituto Colombiano para el Desarrollo Rural<br />

(Incoder); el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), la Superintendencia de Notariado y Registro, y la<br />

Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación.<br />

37 John Jairo Rincón García, Desde Abajo/CEPRID comentarios al documento citado.<br />

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