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Resolución Defensorial N° 58 - Defensoría del Pueblo

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Décimo sexto. URGIR a todas las entidades señaladas en los autos de la Corte<br />

Constitucional a cumplir, en el menor tiempo posible, las obligaciones allí<br />

impuestas para proteger los grupos más vulnerables.<br />

Décimo séptimo. INSTAR a la Agencia Presidencial para la Acción Social, en<br />

coordinación con las demás entidades a las cuales el tema les compete, a que<br />

evalúen y analicen las situaciones de riesgo que actualmente se vienen<br />

presentando en el departamento de Córdoba con las víctimas que están haciendo<br />

sus reclamaciones sobre bienes en los procesos de Justicia y Paz.<br />

Décimo octavo. REITERAR a los alcaldes, personeros y concejales de los<br />

municipios de la cuenca <strong>del</strong> río Sinú para que, en forma inmediata, den<br />

cumplimiento a la sentencia T – 194/99 de la Corte Constitucional en cuanto a<br />

recuperar el dominio público y evitar las intervenciones de terceros sobre los<br />

cuerpos de agua <strong>del</strong> medio y bajo Sinú, que afectan su dinámica natural.<br />

Décimo noveno. SOLICITAR a la Procuraduría General de la Nación que<br />

a<strong>del</strong>ante las investigaciones de su competencia en relación con acciones u<br />

omisiones en que pudieran incurrir los servidores públicos responsables de la<br />

atención a la población en situación de desplazamiento <strong>del</strong> departamento de<br />

Córdoba.<br />

Vigésimo. URGIR al INCODER, a la alcaldía de Tierralta, a la administración<br />

departamental de Córdoba, al Ministerio de la Protección Social, al Ministerio <strong>del</strong><br />

Interior y de Justicia, al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y<br />

Acción Social, a que de manera urgente atiendan de forma integral el problema<br />

de invasión que se está presentando en predios de la empresa Urrá S.A. en el<br />

municipio de Tierralta.<br />

Vigésimo primero. SOLICITAR al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural<br />

que en el proceso de elaboración y formulación de la nueva Ley Agraria o de<br />

tierras, promueva y facilite la participación de las comunidades <strong>del</strong> departamento<br />

de Córdoba.<br />

Vigésimo segundo. EXHORTAR al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural,<br />

al Incoder, a la Comisión Nacional de Restitución y Reparación, con la<br />

participación de representantes de las comunidades más vulnerables <strong>del</strong><br />

departamento de Córdoba y con el acompañamiento de la <strong>Defensoría</strong> <strong>del</strong> <strong>Pueblo</strong>,<br />

que articulen en una mesa las acciones tendientes a garantizar, proteger y<br />

restituir la tierra a las poblaciones que carecen de ella o presentan algún tipo de<br />

amenaza para acceder a ella.<br />

II. EN RELACIÓN CON LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO<br />

Primero. SOLICITAR a la Regional de Córdoba, a las <strong>del</strong>egadas para los<br />

Derechos Colectivos y el Ambiente y de Población en Riesgo y la Oficina de<br />

Atención a la Población Desplazada de la <strong>Defensoría</strong> <strong>del</strong> <strong>Pueblo</strong>, el seguimiento de<br />

las recomendaciones de la presente resolución.<br />

Segundo. SOLICITAR a dicha regional que, en asocio con las personerías<br />

locales, a<strong>del</strong>ante acciones de promoción y divulgación de los derechos<br />

relacionados en esta resolución.<br />

III. SOBRE LA DIFUSIÓN Y LA DIVULGACIÓN DE LA PRESENTE<br />

RESOLUCIÓN<br />

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