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Resolución Defensorial N° 58 - Defensoría del Pueblo

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Informe de Riesgo de Inminencia 1 n° 013-09, para la población <strong>del</strong> municipio San<br />

Pelayo; Informe de Riesgo de Inminencia n° 019-09, para la población <strong>del</strong><br />

municipio de Valencia; Informe de Riesgo n° 022-09 para Tierralta; Informe de<br />

Riesgo de Inminencia n° 027-09 para la población <strong>del</strong> municipio de Santa Cruz de<br />

Lorica; Nota de Seguimiento n° 012-09 al Informe de Riesgo n° 006-06 para los<br />

municipios de Puerto Libertador y Montelíbano; Informe de Riesgo de Inminencia<br />

009-10 para Buenavista; Informe de Riesgo n° 011-10 para Lorica, Moñitos, San<br />

Antero y San Bernardo <strong>del</strong> Viento; Informe de Riesgo de inminencia n ° 012-10<br />

para el municipio La Apartada; Nota de Seguimiento n° 009-10 al Informe de<br />

Riesgo nº 006-06 Montelíbano y Puerto Libertador; Nota de Seguimiento n° 018-<br />

10 al Informe de Riesgo n° 022-09 para Tierralta.<br />

4. En el último informe defensorial de seguimiento a la citada resolución, de<br />

octubre de 2009, se mencionó el caso <strong>del</strong> predio Las Arepas, donde se pretendía<br />

desalojar a las comunidades campesinas asentadas allí desde mucho tiempo<br />

atrás, en virtud de un contrato de comodato suscrito con el extinto Incora.<br />

5. En diciembre de 2009, la <strong>Defensoría</strong> <strong>del</strong> <strong>Pueblo</strong> convocó la Audiencia de<br />

Víctimas donde varias comunidades solicitaron a esta institución abordar la<br />

problemática de tierras que afecta a estos grupos poblacionales.<br />

6. La <strong>Defensoría</strong> <strong>del</strong> <strong>Pueblo</strong> apoya la protección de las tierras de la población en<br />

desplazamiento forzado, con el propósito de que estas no sean usurpadas por<br />

terceros. Así mismo, requiere a las autoridades competentes la protección de<br />

líderes que, por su labor en defensa y protección de dichas tierras están siendo<br />

amenazados.<br />

Tercero. LA SITUACIÓN GENERAL.<br />

1. Históricamente, el departamento de Córdoba se ha caracterizado por la<br />

existencia de grandes extensiones de tierra en manos de pequeños círculos, y<br />

una gran masa campesina arrendataria y de jornaleros de las tierras rurales,<br />

lo que ha limitado el acceso a los medios de producción a esta gran mayoría<br />

de la población que presenta elevados porcentajes de necesidades básicas<br />

insatisfechas (NBI) (el 53.53% de los hogares posee NBI y el 23.91% de los<br />

hogares se encuentran en situación de miseria). Hay monopolio de la tierra,<br />

desarrollo empresarial incipiente y predominio de la economía agraria y la<br />

ganadería extensiva.<br />

2. La formación de grandes haciendas dedicadas a la ganadería en forma<br />

extensiva ha ocasionado graves problemas sociales por la concentración de la<br />

propiedad: el desplazamiento de la población campesina e indígena, el<br />

desempleo y el desabastecimiento de productos básicos de la canasta familiar<br />

y movimientos campesinos por la recuperación de la tierra. El programa de<br />

reforma agraria en el departamento no ha logrado superar el conflicto, a pesar<br />

de cerca de 47 años de ejecución (1963 a 2010) y de contar con dos (2)<br />

regionales <strong>del</strong> Incora en Córdoba (La Doctrina - Proyecto Córdoba Nº 1 y<br />

Montería - Proyecto Córdoba Nº 2).<br />

1 Los informes de riesgo de Inminencia se emiten por la gravedad y la alta probabilidad de concreción <strong>del</strong> riesgo con el objeto de que las<br />

autoridades adopten las medidas requeridas y ajustadas a la particularidad <strong>del</strong> riesgo identificado. El Informe de Inminencia se tramita de<br />

forma excepcional y su emisión debe obedecer a los parámetros y criterios establecidos por el Sistema. El texto de este informe es<br />

abreviado y en él se evalúan las circunstancias de tiempo, modo y lugar; las dinámicas de los actores; las características de la comunidad;<br />

los indicios y hechos generadores <strong>del</strong> riesgo, señalando las recomendaciones según el mandato y la competencia de la autoridad<br />

concernida. Por tratarse de amenazas con alta posibilidad de ocurrencia y que requieren una atención prioritaria, sus destinatarios son las<br />

autoridades pertenecientes a la fuerza pública y las autoridades civiles de la región o localidad (<strong>Defensoría</strong> <strong>del</strong> <strong>Pueblo</strong>, Revista Población<br />

Civil, No.4, página 31, febrero 2006).<br />

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