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Resolución Defensorial N° 58 - Defensoría del Pueblo

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comprende la Ciénaga Grande de Lorica, parte de la Ciénaga de Chimá y la mitad<br />

<strong>del</strong> área de la Ciénaga de Oro.<br />

En la parte alta de la cuenca <strong>del</strong> río Sinú, principalmente el parque nacional<br />

natural (PNN) Paramillo, se han asentado grupos de colonizadores provenientes<br />

de Antioquia y de la Costa Atlántica, agrupados en caseríos o esparcidos por las<br />

quebradas. En la parte alta, un sector de la población campesina se dedica a la<br />

explotación aurífera, como complemento de la agricultura, el jornaleo y la pesca.<br />

Los pescadores y campesinos <strong>del</strong> departamento se ubican a lo largo de todos los<br />

cuerpos de agua, ríos y ciénagas, y de la zona litoral. La pesca y la siembra de<br />

cultivos de pancoger son vitales para la subsistencia de estas comunidades, que<br />

tienen dificultades para acceder a la tierra; por lo tanto, sus condiciones<br />

socioeconómicas presentan muchas deficiencias: habitan en tradicionales casas<br />

de bahareque y palma, no poseen títulos de propiedad sobre la tierra y no tienen<br />

acceso a eficientes servicios de salud y educación. Además, las oportunidades de<br />

empleo en la región son escasas 4 .<br />

La concentración de la tierra en pocas manos y su dedicación a la ganadería<br />

extensiva han sido causa de conflicto y pobreza para miles de campesinos e<br />

indígenas <strong>del</strong> departamento, ya que esta clase de explotación emplea poca mano<br />

de obra, no paga el salario mínimo legal ni reconoce prestaciones sociales,<br />

declara avalúos catastrales ínfimos y, como consecuencia de ello, paga impuestos<br />

mínimos y ocupa suelos aptos para agricultura. Lo anterior ha llevado a un<br />

conflicto social y armado, al incremento de las calamidades naturales, a crisis<br />

periódicas <strong>del</strong> sector agropecuario, al abandono <strong>del</strong> campo y al sometimiento<br />

histórico de la población rural.<br />

B. Proceso de territorialización y efectos en el departamento.<br />

La concentración de la tierra se propició por las concesiones de tierras conocidas<br />

como ‘mercedes’, que no eran otra cosa que el pago que hacía la corona española<br />

a los grandes generales por los servicios prestados durante la época de la Colonia<br />

en nuestro territorio. De allí nacieron propiedades como la de Uré, localizada<br />

entre la quebrada de Can, el río San Jorge y la quebrada de San Pedro, que tenía<br />

aproximadamente 213.000 hectáreas, donde tuvo lugar la explotación de minas<br />

de oro y cobre, con el fin de invertir las ganancias en la formación de nuevas<br />

haciendas, con la utilización de la mano de obra de indígenas y esclavos traídos<br />

<strong>del</strong> África. Esta práctica contó con la anuencia de la iglesia católica, que impuso<br />

contribuciones económicas a los propietarios, que debían pagar a perpetuidad<br />

grandes sumas de dinero por los servicios religiosos, lo que, a la postre, implicó<br />

que la Iglesia se convirtiera en latifundista ante el no pago de las mismas, con la<br />

consecuente intervención <strong>del</strong> Estado para expropiar las tierras ociosas de la<br />

Iglesia e incorporarlas a la economía nacional, al considerarlas como capitales de<br />

‘manos muertas’.<br />

Históricamente, las intervenciones llevadas a cabo en el departamento se<br />

incrementaron a partir de la segunda década <strong>del</strong> siglo XX con la creación de la<br />

Colonia Penal en el Alto Sinú y el auge de las actividades extractivas (cedro y<br />

caoba) por empresas de capital extranjero en el periodo 1930 - 1950. Luego<br />

“aparecieron los grupos armados, que hacia los años sesenta hacen un<br />

reordenamiento agrario, seguido luego de las políticas de desecación de<br />

humedales propiciadas desde la Presidencia de Lleras (nacen los distritos de riego<br />

4 <strong>Defensoría</strong> <strong>del</strong> <strong>Pueblo</strong>. <strong>Resolución</strong> <strong>Defensorial</strong> no. 038 de 2004.<br />

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