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artículos - LA TOGA

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El objetivo de este procedimiento es permitir la continuación<br />

de la actividad, conservar los puestos de trabajo y apurar<br />

el pasivo a través de una reorganización de la empresa en el<br />

marco de un plan adoptado por el Tribunal.<br />

Curiosamente este tipo de procedimiento puede ser iniciado<br />

bien de oficio por el propio Tribunal (a través de un sistema de<br />

alerta proveniente de las informaciones que maneja el Greffier,<br />

encargado del Registro Mercantil) o bien por iniciativa del propio<br />

empresario que experimenta una dificultad económica, jurídica<br />

o financiera.<br />

La ley de Salvaguarda de Empresas contempla dos procedimientos<br />

preventivos a los que se puede acoger una empresa en<br />

dificultad : el mandato ad hoc y el procedimiento de conciliación.<br />

En el primero, el representante legal de la empresa solicita al<br />

Tribunal la designación de un mandatario ad hoc cuya misión<br />

será definida por el propio Tribunal en función de la situación<br />

o del tipo de dificultad qUe experimente la empresa.<br />

En el procedimiento de conciliación el Tribunal designa un<br />

“conciliador” cuya misión será de facilitar la conclusión de un<br />

acuerdo amistoso entre la empresa deudora y sus principales<br />

acreedores (o en su caso sus cocontratantes habituales) con el fin<br />

de poner fin a las dificultades que experimente la empresa.<br />

Una de las consecuencias más significativas de este tipo<br />

de procedimiento es que ningún acreedor podrá demandar<br />

a la empresa para solicitar la apertura de un procedimiento<br />

concursal.<br />

c) Gestionar el Registro de Comercio y de Sociedades<br />

Como se ha indicado, la llevanza y la gestión de lo que<br />

sería nuestro Registro Mercantil está confiada en exclusiva en<br />

Francia a los Tribunales de Comercio a través de sus Greffes,<br />

a los que se encomendó dicha función desde la creación del<br />

Registre du Commerce et des Sociétés con la Ley de 18 de<br />

marzo de 1919.<br />

Es de destacar que dicho Registro, además de la inscripción<br />

y conservación de los actos propios de la vida de las sociedades<br />

mercantiles y civiles y de los empresarios individuales, está encargado<br />

de la inscripción y conservación de los actos de garantías<br />

y privilegios, legales o convencionales, que cualquier operador<br />

pueda concertar con un empresario (Seguridad Social, Hacienda,<br />

operaciones de crédito garantizadas con bienes muebles, etc).<br />

En el plano funcional, el Tribunal de Comercio francés<br />

excede hoy de su misión estrictamente judicial. La institución<br />

aporta una contribución considerable a la transparencia de los<br />

negocios gracias a la fuente considerable de informaciones que<br />

centraliza y que difunde.<br />

3. Composición y funcionamiento<br />

Los Tribunales de Comercio franceses están compuestos:<br />

- en primer lugar, por magistrados no profesionales que<br />

constituyen el llamado “Colegio Jurisdiccional” propiamente<br />

dicho. Las decisiones de los Tribunales de Comercio se adoptan<br />

colegialmente por tres magistrados,<br />

- en segundo lugar, por la Fiscalía o Parquet, garante del<br />

orden público ante el Tribunal de Comercio. El Fiscal (Procureur<br />

de la République) está sobre todo muy presente en los<br />

procedimientos concursales e interviene en los demás procedimientos<br />

cuando así lo desea.<br />

- en tercer lugar, por una estructura administrativa, la<br />

Secretaría Judicial o “Greffe” confiada a los “greffiers” (especie<br />

Mayo - Agosto 2006 La Toga 59<br />

Icas<br />

de secretarios judiciales) encargados sobre todo de la secretaría<br />

administrativa de los jueces y la conservación de las actas del<br />

Tribunal (función histórica) y además de la gestión del Registro<br />

de Comercio y de Sociedades, centro oficial de informaciones<br />

comerciales (función más reciente). El “Greffier” es un funcionario<br />

público nombrado por el Ministro de Justicia que<br />

se encuentra bajo la autoridad del Presidente del Tribunal de<br />

Comercio y bajo control de la Fiscalía.<br />

En el caso del Tribunal de Comercio de París, el “Greffe”<br />

está gestionado por una sociedad civil profesional de 4 “greffiers”<br />

asociados que emplean 260 colaboradores.<br />

- en cuarto lugar se encuentran los auxiliares de la justicia<br />

• los “huissiers de justice”, funcionarios judiciales que<br />

en Francia ejercen distintas funciones que en España están<br />

reservadas a diferentes profesionales como los Procuradores,<br />

Secretarios Judiciales o a los Oficiales. Así por ejemplo, los<br />

“huissiers de justice” están encargados de notificar a las partes<br />

las diferentes decisiones judiciales y extrajudiciales.<br />

• los peritos judiciales o “experts”, profesionales cualificados<br />

elegidos por el Tribunal de una lista establecida por la<br />

Cour d’Appel u homologados por la Cour de Cassation.<br />

• los “huissiers audienciers”, que aseguran el servicio de<br />

las vistas del Tribunal.<br />

• los “mandataires de justice”, designados por el Tribunal<br />

en el marco de un procedimiento concursal, procedimiento que<br />

en derecho francés puede ser de “redressement judiciaire” (o<br />

reflotamiento de la empresa) cuando existen posibilidades de salvaguardar<br />

la empresa a través de un plan de cesión total o parcial<br />

de activos; o bien de “liquidation judiciaire”, cuando se constata,<br />

bien desde el principio o bien en el curso de un “redressement<br />

judiciaire” la inviabilidad de la continuación de la empresa.<br />

Dependiendo del tipo de procedimiento, los diferentes “mandataires<br />

de justice” designados por el Tribunal pueden ser :<br />

• “administradores judiciales” cuyas funciones son las de<br />

vigilar, asistir o representar al empresario objeto de un procedimiento<br />

de “redressement”;<br />

• “liquidador judicial” en caso de liquidación judicial de<br />

la empresa;<br />

• representantes de los acreedores.<br />

La competencia de los mandatarios judiciales es nacional y<br />

en la actualidad son 140 en toda Francia.<br />

Lo más sorprendente y significativo de los Tribunales de<br />

Comercio en Francia es que sus jueces no son magistrados profesionales<br />

sino empresarios provenientes de los más diversos<br />

sectores económicos que son elegidos según un sistema que<br />

más adelante describimos y que ejercen su función de forma<br />

totalmente gratuita.<br />

Con objeto de preservar los principios de imparcialidad e<br />

independencia de los jueces, la ley les prohíbe intervenir en<br />

un asunto relativo a una empresa con la cual mantenga o haya<br />

mantenido relaciones.<br />

Por otra parte, las decisiones de los Tribunales de Comercio<br />

que excedan de 3.800 € son apelables ante las Cour d’Appel<br />

(lo que serían nuestras Audiencias Provinciales). En cualquier<br />

caso, cualquiera que sea la cuantía del litigio, el justiciable puede<br />

recurrir a la Cour de Cassation (nuestro Tribunal Supremo)<br />

en caso de violación de normas de Derecho.<br />

Sin embargo, el sistema parece ser bastante efectivo y respetado<br />

cuando, al menos en los que respecta al Tribunal de<br />

Comercio de París, sólo el 8 % de las decisiones en primera

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