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artículos - LA TOGA

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60<br />

Icas<br />

instancia son recurridas, de las cuales el 80 % son confirmadas<br />

por la Cour d’Appel de París.<br />

El Tribunal de Comercio de París está compuesto por 21<br />

Salas. Algunas de ellas están especializadas en materias específicas<br />

como derecho de la competencia, derecho de sociedades,<br />

derecho del comercio internacional, derecho comunitario,<br />

derecho audiovisual y nuevas tecnologías.<br />

Existen además las Salas llamadas de “procedimiento<br />

colectivo” encargadas de los asuntos relacionados con las<br />

suspensiones de pagos, quiebras y liquidaciones de empresas.<br />

Otras Salas conocen de las sanciones personales o patrimoniales<br />

contre los administradores de empresas.<br />

Las Salas se reúnen cada semana del año judicial ya sea para<br />

recibir a las partes o para deliberar los proyectos de resoluciones<br />

presentadas por los jueces a los demás miembros del Tribunal.<br />

Un procedimiento propio de esta juridicción, llamado procedimiento<br />

de “référé” (o de urgencia) está atribuido a una<br />

veintena de jueces. En función de la evidencia y de la urgencia,<br />

las decisiones que en ellos se toman, que tienen carácter provisional,<br />

permiten acelerar las soluciones de ciertos litigios.<br />

Las decisiones del Tribunal de Comercio de París son dictadas<br />

en los plazos siguientes de media :<br />

- 4 meses para las sentencias sobre el fondo de las formaciones<br />

colegiales o en salas;<br />

- alrededor de una semana para las resoluciones “de urgencia”<br />

(référé), los “mandamientos de pago” (injonctions de<br />

payer) y otras decisiones accesorias.<br />

Como no podía ser de otra manera, el Tribunal de Comercio<br />

de París es la primera jurisdicción comercial de Francia tanto por<br />

el número de sus decisiones (100.000 al año) como por sus efectivos.<br />

La componen 172 jueces benévolos de los cuales 86 % son<br />

hombres y 14 % mujeres, todos ellos empresarios o ejecutivos.<br />

Sistema de elección de los jueces<br />

Los magistrados consulares son elegidos por un colegio<br />

electoral compuesto por :<br />

- los llamados “delegados consulares”, que son elegidos<br />

por los propios empresarios de las diferentes ramas y sectores<br />

de actividad, pasando así a formar parte de la lista de candidatos.<br />

La ley prevé que dicha lista debe representar de forma<br />

equitativa cada sector de actividad u oficio según el tamaño de<br />

las empresas y el tipo de actividad (industria, comercio, servicios).<br />

El mandato de los delegados consulares es de tres años<br />

- los miembros en activo de los tribunales de comercio y de<br />

las Cámaras de Comercio e Industria. El mandato de estos últimos<br />

es de 6 años (renovables la mitad de ellos cada tres años).<br />

La elección de los mismos, en una lista diferente, tiene lugar al<br />

mismo tiempo y siguiendo el mismo procedimiento que la de<br />

los “delegados consulares”.<br />

- los que han sido miembros del Tribunal de Comercio y de<br />

las Cámaras de Comercio e Industria que han solicitado estar<br />

inscritos en la lista electoral.<br />

El número de delegados consulares y de representantes de las<br />

Cámaras de Comercio e Industria, así como el reparto de los escaños,<br />

varía según la importancia de la circunscripción electoral. El<br />

conjunto del procedimiento electoral se desarrolla bajo la supervisión<br />

del “Prêfet de la République” ( lo que sería nuestro Delegado<br />

del Gobierno) y de una comisión electoral específica.<br />

A este Colegio electoral, constituido de la forma citada y<br />

reunido en asamblea general, le corresponde elegir a los “jueces<br />

consulares”. Dicha elección tiene lugar cada dos años en el mes<br />

La Toga<br />

de octubre y en ella se eligen a los magistrados cuyo mandato ha<br />

finalizado o aquellos que hayan cesado en sus funciones.<br />

En número de jueces de cada Tribunal de Comercio se fija<br />

o modifica por Decreto.<br />

Para ser juez consular es preciso cumplir ciertos requisitos<br />

como por ejemplo contar con cierta experiencia profesional.<br />

La edad mínima está fijada en 30 años y es necesario haber<br />

estado inscrito en el Registro de Comercio y Sociedades a título<br />

personal durante al menos 5 años o haber ejercido funciones<br />

de dirigente o directivo de una empresa durante al menos ese<br />

período. Debe presentar su candidatura al Prêfet.<br />

Al menos en el Tribunal de Comercio de París la mayoría<br />

de los jueces consulares están aún en activo en el mundo<br />

empresarial cuando ejercen como jueces.<br />

El mandato de los jueces tiene una primera duración de dos<br />

años renovables por períodos de 4 años hasta un límite de 14<br />

años consecutivos.<br />

Por su parte, el Presidente del Tribunal de Comercio desempeña<br />

un papel fundamental tanto en la gestión del tribunal<br />

como en su representación en el exterior. Antes de ser elegido,<br />

el Presidente debe haber ejercido como juez durante al menos<br />

6 años. La asamblea general de jueces es la encargada de elegir<br />

mediante voto secreto al Presidente por un período de 4 años.<br />

Como se puede constatar a través de esta breve presentación,<br />

estamos ante una jurisdicción mercantil sui generis<br />

sin parangón en ninguna otra organización jurisdiccional, al<br />

menos de los países de nuestro entorno.<br />

Sin embargo, no todo en el haber de esta jurisdicción<br />

resulta tan positivo ya que, en diferentes momentos de su<br />

historia –y no hay que remontarse tan lejos en el tiempo- se<br />

han emitido duras críticas por parte de la opinión pública, de<br />

los operadores económicos franceses e incluso de los propios<br />

profesionales de la justicia, en particular cuando han estado<br />

en juego resoluciones que afectan a grandes grupos franceses<br />

especialmente en materia concursal.<br />

Otro aspecto controvertido tiene que ver con el número<br />

considerable de Tribunales de Comercio existentes y el peso<br />

y la influencia del Tribunal de Comercio de la capital donde<br />

lógicamente se encuentran la mayoría de las sedes sociales de<br />

las grandes empresas.<br />

Todo ello ha provocado la aprobación de reformas puntuales<br />

de la jurisdicción, algunas muy recientes, que han reducido<br />

el número de Tribunales (pasando de 230 en 1997 a los 191<br />

actuales); se ha instaurado igualmente un nuevo sistema de<br />

formación de los magistrados en el que interviene la Escuela<br />

Nacional de la Magistratura, con sede en Burdeos; se han<br />

implantado nuevos mecanismos de prevención de empresas<br />

en crisis y una mayor transparencia en los planes de cesión de<br />

empresas, por citar algunos ejemplos.<br />

En definitiva, a pesar de las críticas que a lo largo de su<br />

historia ha podido recibir y sobre todo del hecho de que sus<br />

magistrados no son jueces profesionales, es evidente que la<br />

institución funciona. Prueba de ello es el escaso número de resoluciones<br />

provenientes de estas jurisdicciones que son recurridas<br />

en apelación y, las que lo son, la mayoría (al menos en París) son<br />

confirmadas. Por otra parte, qué más prueba de fuego que la del<br />

tiempo: no olvidemos que estamos hablando de una institución<br />

que ha resistido el paso de más de 440 años de historia...<br />

Salvador Jiménez Rodríguez.<br />

Abogado<br />

Mayo - Agosto 2006

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