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60<br />
Icas<br />
instancia son recurridas, de las cuales el 80 % son confirmadas<br />
por la Cour d’Appel de París.<br />
El Tribunal de Comercio de París está compuesto por 21<br />
Salas. Algunas de ellas están especializadas en materias específicas<br />
como derecho de la competencia, derecho de sociedades,<br />
derecho del comercio internacional, derecho comunitario,<br />
derecho audiovisual y nuevas tecnologías.<br />
Existen además las Salas llamadas de “procedimiento<br />
colectivo” encargadas de los asuntos relacionados con las<br />
suspensiones de pagos, quiebras y liquidaciones de empresas.<br />
Otras Salas conocen de las sanciones personales o patrimoniales<br />
contre los administradores de empresas.<br />
Las Salas se reúnen cada semana del año judicial ya sea para<br />
recibir a las partes o para deliberar los proyectos de resoluciones<br />
presentadas por los jueces a los demás miembros del Tribunal.<br />
Un procedimiento propio de esta juridicción, llamado procedimiento<br />
de “référé” (o de urgencia) está atribuido a una<br />
veintena de jueces. En función de la evidencia y de la urgencia,<br />
las decisiones que en ellos se toman, que tienen carácter provisional,<br />
permiten acelerar las soluciones de ciertos litigios.<br />
Las decisiones del Tribunal de Comercio de París son dictadas<br />
en los plazos siguientes de media :<br />
- 4 meses para las sentencias sobre el fondo de las formaciones<br />
colegiales o en salas;<br />
- alrededor de una semana para las resoluciones “de urgencia”<br />
(référé), los “mandamientos de pago” (injonctions de<br />
payer) y otras decisiones accesorias.<br />
Como no podía ser de otra manera, el Tribunal de Comercio<br />
de París es la primera jurisdicción comercial de Francia tanto por<br />
el número de sus decisiones (100.000 al año) como por sus efectivos.<br />
La componen 172 jueces benévolos de los cuales 86 % son<br />
hombres y 14 % mujeres, todos ellos empresarios o ejecutivos.<br />
Sistema de elección de los jueces<br />
Los magistrados consulares son elegidos por un colegio<br />
electoral compuesto por :<br />
- los llamados “delegados consulares”, que son elegidos<br />
por los propios empresarios de las diferentes ramas y sectores<br />
de actividad, pasando así a formar parte de la lista de candidatos.<br />
La ley prevé que dicha lista debe representar de forma<br />
equitativa cada sector de actividad u oficio según el tamaño de<br />
las empresas y el tipo de actividad (industria, comercio, servicios).<br />
El mandato de los delegados consulares es de tres años<br />
- los miembros en activo de los tribunales de comercio y de<br />
las Cámaras de Comercio e Industria. El mandato de estos últimos<br />
es de 6 años (renovables la mitad de ellos cada tres años).<br />
La elección de los mismos, en una lista diferente, tiene lugar al<br />
mismo tiempo y siguiendo el mismo procedimiento que la de<br />
los “delegados consulares”.<br />
- los que han sido miembros del Tribunal de Comercio y de<br />
las Cámaras de Comercio e Industria que han solicitado estar<br />
inscritos en la lista electoral.<br />
El número de delegados consulares y de representantes de las<br />
Cámaras de Comercio e Industria, así como el reparto de los escaños,<br />
varía según la importancia de la circunscripción electoral. El<br />
conjunto del procedimiento electoral se desarrolla bajo la supervisión<br />
del “Prêfet de la République” ( lo que sería nuestro Delegado<br />
del Gobierno) y de una comisión electoral específica.<br />
A este Colegio electoral, constituido de la forma citada y<br />
reunido en asamblea general, le corresponde elegir a los “jueces<br />
consulares”. Dicha elección tiene lugar cada dos años en el mes<br />
La Toga<br />
de octubre y en ella se eligen a los magistrados cuyo mandato ha<br />
finalizado o aquellos que hayan cesado en sus funciones.<br />
En número de jueces de cada Tribunal de Comercio se fija<br />
o modifica por Decreto.<br />
Para ser juez consular es preciso cumplir ciertos requisitos<br />
como por ejemplo contar con cierta experiencia profesional.<br />
La edad mínima está fijada en 30 años y es necesario haber<br />
estado inscrito en el Registro de Comercio y Sociedades a título<br />
personal durante al menos 5 años o haber ejercido funciones<br />
de dirigente o directivo de una empresa durante al menos ese<br />
período. Debe presentar su candidatura al Prêfet.<br />
Al menos en el Tribunal de Comercio de París la mayoría<br />
de los jueces consulares están aún en activo en el mundo<br />
empresarial cuando ejercen como jueces.<br />
El mandato de los jueces tiene una primera duración de dos<br />
años renovables por períodos de 4 años hasta un límite de 14<br />
años consecutivos.<br />
Por su parte, el Presidente del Tribunal de Comercio desempeña<br />
un papel fundamental tanto en la gestión del tribunal<br />
como en su representación en el exterior. Antes de ser elegido,<br />
el Presidente debe haber ejercido como juez durante al menos<br />
6 años. La asamblea general de jueces es la encargada de elegir<br />
mediante voto secreto al Presidente por un período de 4 años.<br />
Como se puede constatar a través de esta breve presentación,<br />
estamos ante una jurisdicción mercantil sui generis<br />
sin parangón en ninguna otra organización jurisdiccional, al<br />
menos de los países de nuestro entorno.<br />
Sin embargo, no todo en el haber de esta jurisdicción<br />
resulta tan positivo ya que, en diferentes momentos de su<br />
historia –y no hay que remontarse tan lejos en el tiempo- se<br />
han emitido duras críticas por parte de la opinión pública, de<br />
los operadores económicos franceses e incluso de los propios<br />
profesionales de la justicia, en particular cuando han estado<br />
en juego resoluciones que afectan a grandes grupos franceses<br />
especialmente en materia concursal.<br />
Otro aspecto controvertido tiene que ver con el número<br />
considerable de Tribunales de Comercio existentes y el peso<br />
y la influencia del Tribunal de Comercio de la capital donde<br />
lógicamente se encuentran la mayoría de las sedes sociales de<br />
las grandes empresas.<br />
Todo ello ha provocado la aprobación de reformas puntuales<br />
de la jurisdicción, algunas muy recientes, que han reducido<br />
el número de Tribunales (pasando de 230 en 1997 a los 191<br />
actuales); se ha instaurado igualmente un nuevo sistema de<br />
formación de los magistrados en el que interviene la Escuela<br />
Nacional de la Magistratura, con sede en Burdeos; se han<br />
implantado nuevos mecanismos de prevención de empresas<br />
en crisis y una mayor transparencia en los planes de cesión de<br />
empresas, por citar algunos ejemplos.<br />
En definitiva, a pesar de las críticas que a lo largo de su<br />
historia ha podido recibir y sobre todo del hecho de que sus<br />
magistrados no son jueces profesionales, es evidente que la<br />
institución funciona. Prueba de ello es el escaso número de resoluciones<br />
provenientes de estas jurisdicciones que son recurridas<br />
en apelación y, las que lo son, la mayoría (al menos en París) son<br />
confirmadas. Por otra parte, qué más prueba de fuego que la del<br />
tiempo: no olvidemos que estamos hablando de una institución<br />
que ha resistido el paso de más de 440 años de historia...<br />
Salvador Jiménez Rodríguez.<br />
Abogado<br />
Mayo - Agosto 2006