GACETA LEGISLATIVA - Poder Legislativo del Estado de Campeche
GACETA LEGISLATIVA - Poder Legislativo del Estado de Campeche
GACETA LEGISLATIVA - Poder Legislativo del Estado de Campeche
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
4<br />
Capítulo V<br />
De la revocación <strong>de</strong> los actos <strong>de</strong> la Auditoría Superior <strong><strong>de</strong>l</strong> <strong>Estado</strong><br />
Artículo 113. Las resoluciones emitidas por la Entidad <strong>de</strong> Fiscalización, favorables al sujeto a procedimiento, sólo<br />
podrán ser modificadas por el <strong>Po<strong>de</strong>r</strong> Judicial <strong><strong>de</strong>l</strong> <strong>Estado</strong> mediante juicio iniciado por la Entidad <strong>de</strong> Fiscalización.<br />
Artículo 114. La Entidad <strong>de</strong> Fiscalización podrá revisar sus actuaciones y las resoluciones no favorables al sujeto<br />
a procedimiento, realizadas o emitidas por sus servidores públicos y, en el supuesto <strong>de</strong> que se <strong>de</strong>muestre<br />
fehacientemente que su práctica y emisión se efectuó en contravención a las disposiciones legales que las<br />
regulan, podrá, por una sola vez, modificarlas o revocarlas.<br />
Artículo 115. Se reconocen como medios <strong>de</strong> prueba:<br />
I.- Confesión;<br />
II.- Documentos públicos;<br />
III.- Documentos privados;<br />
IV.- Peritaje;<br />
V.- Testimonio;<br />
VI.- Reconocimiento;<br />
Capítulo VI<br />
De las pruebas, su admisión, <strong>de</strong>sahogo y valoración<br />
VII.- Fotografías, la información generada o comunicada que conste en medios electrónicos, ópticos o en<br />
cualquier otra tecnología y, en general, todos aquellos elementos aportados por los <strong>de</strong>scubrimientos <strong>de</strong> la<br />
ciencia; y<br />
VIII.- Presunción.<br />
Artículo 116. Transcurridos los términos señalados por esta Ley para efectos <strong>de</strong> ofrecer pruebas sin que se<br />
hubiera hecho uso <strong>de</strong> dicho <strong>de</strong>recho, se tendrán por fenecidos los mismos, procediéndose a emitir las<br />
resoluciones que correspondan con apego a los elementos que obren en los expedientes.