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Bloque de constitucionalidad en México<br />
nalidad. Asimismo, la ombudsperson del estado x señaló que el bloque de constitucionalidad necesario<br />
para resolver esta acción de inconstitucionalidad incluye, además de las normas explícitas de los tratados,<br />
todas las normas e interpretaciones que de éstos se derivan, en tanto conforman un corpus iuris de<br />
protección a la libertad de expresión.<br />
1. Primer diagnóstico<br />
Antes de realizar el análisis, es importante responder lo siguiente:<br />
1. ¿Qué entiende usted por la expresión bloque de constitucionalidad?<br />
2. A partir de lo que comprendió del bloque de constitucionalidad y de la lectura de los artículos<br />
1o ; 15; 102, apartado B; 103; 105, fracción ii, inciso g; y 133 de la cpeum revisados previamente,<br />
¿considera usted que en México existe un bloque de constitucionalidad en materia de derechos<br />
humanos? Sí o no. Justifique su respuesta.<br />
3. ¿Considera usted que el artículo 105, fracción ii, inciso g, de la cpeum establece que tanto los derechos<br />
humanos reconocidos en la cpeum como aquéllos reconocidos en los tratados internacionales<br />
son parámetros para el control de constitucionalidad del tipo penal de injurias y calumnias<br />
contra servidores públicos que se encuentra sub judice ante la scjn?<br />
4. ¿En caso de existir un bloque de constitucionalidad, qué normas lo integran y cuáles son sus<br />
alcances? (conteste todas las opciones). 7<br />
4.1 Lo integran, además de las normas escritas de la propia Constitución, sólo algunos derechos humanos<br />
reconocidos en los tratados internacionales en materia de derechos humanos (por ejemplo, los derechos<br />
insuspendibles). Sí, no, ¿por qué?<br />
4.2 Lo integran, además de las normas escritas de la propia Constitución, sólo los derechos humanos<br />
reconocidos en los tratados internacionales de los que México es parte, excepto en el caso de contradicción<br />
directa entre un derecho reconocido en una norma internacional y una restricción establecida<br />
constitucionalmente. Sí, no, ¿por qué?<br />
4.3 Lo integran, además de las normas escritas de la propia Constitución, sólo los derechos humanos<br />
reconocidos en los tratados internacionales de los que México es parte, sin considerar otras fuentes.<br />
Sí, no, ¿por qué?<br />
4.4 Lo integran, además de las normas escritas de la propia Constitución, tanto los derechos humanos<br />
reconocidos en los tratados internacionales de los que México es parte, como la interpretación que<br />
7 N. del E. El propósito de la presente pregunta no es la selección de una respuesta correcta, sino la elucubración de la argumentación<br />
del por qué se puede/debe incluir o no cada una de las fuentes jurídicas que se identifican en los diferentes numerales de la pregunta.<br />
Es decir, le invitamos a que identifique claramente su entendimiento de lo que es el bloque de constitucionalidad y las fuentes que lo<br />
integran.