Las migraciones en un mundo interdependiente: nuevas ...
Las migraciones en un mundo interdependiente: nuevas ...
Las migraciones en un mundo interdependiente: nuevas ...
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
Informe de la Comisión M<strong>un</strong>dial sobre las Migraciones Internationales<br />
ción racial y la tortura y que proteg<strong>en</strong> los derechos<br />
de niños, mujeres y trabajadores migrantes.<br />
La aplicación de estos tratados es supervisada por<br />
comités de expertos indep<strong>en</strong>di<strong>en</strong>tes, conocidos<br />
como órganos conv<strong>en</strong>cionales. Seis de estos tratados<br />
fueron ratificados por <strong>en</strong>tre 135 y 192<br />
Estados, mi<strong>en</strong>tras que la Conv<strong>en</strong>ción de 1990<br />
sobre la protección de los derechos de todos los<br />
trabajadores migratorios y sus familiares por el<br />
mom<strong>en</strong>to solo ha sido ratificada por 30 partes.<br />
Por lo tanto, todos los Estados están vinculados<br />
por la ratificación de al m<strong>en</strong>os <strong>un</strong>o de los siete<br />
tratados de derechos humanos básicos. En el<br />
anexo III figuran más detalles sobre estas ratificaciones.<br />
Tratados de derechos humanos<br />
La principal inspiración para el marco legal y<br />
normativo que afecta a los migrantes es la<br />
Declaración Universal de los Derechos Humanos<br />
y siete tratados de derechos humanos de la ONU<br />
que confier<strong>en</strong> <strong>un</strong> efecto legal a los derechos de la<br />
Declaración: la Conv<strong>en</strong>ción internacional de 1965<br />
sobre la eliminación de todas las formas de<br />
discriminación racial; el Pacto internacional de<br />
derechos civiles y políticos de 1966; el Pacto<br />
internacional de 1966 relativo a los derechos<br />
económicos, sociales y culturales; la Conv<strong>en</strong>ción<br />
internacional de 1979 sobre la eliminación de<br />
todas las formas de discriminación contra la<br />
mujer; el Conv<strong>en</strong>io de 1984 para la prev<strong>en</strong>ción de<br />
la tortura y de las p<strong>en</strong>as o tratos inhumanos o<br />
degradantes; la Conv<strong>en</strong>ción internacional de 1989<br />
sobre los derechos del niño y la Conv<strong>en</strong>ción<br />
internacional de 1990 sobre la protección de los<br />
derechos de todos los trabajadores migratorios y<br />
de sus familiares.<br />
10. Los instrum<strong>en</strong>tos de derechos humanos son<br />
de uso <strong>un</strong>iversal y se aplican g<strong>en</strong>eralm<strong>en</strong>te tanto<br />
a los migrantes como a los ciudadanos. La Comisión<br />
subraya la importancia del contexto internacional<br />
de los tratados como base<br />
f<strong>un</strong>dam<strong>en</strong>tal para los derechos de los migrantes.<br />
La Comisión ali<strong>en</strong>ta a los Estados a consolidar<br />
este contexto y a garantizar que sus disposiciones<br />
se apliqu<strong>en</strong> sin discriminación. La Comisión<br />
ha tomado nota de muchos casos de Estados que<br />
<strong>en</strong> la práctica no siempre respetan los tratados<br />
de derechos humanos regionales e internacionales<br />
que han ratificado y no los aplican de manera<br />
equitativa a los migrantes internacionales. Por<br />
ejemplo, como se explica más adelante, las mujeres<br />
migrantes contratadas como trabajadoras<br />
domésticas no están protegidas de modo conv<strong>en</strong>i<strong>en</strong>te<br />
contra el abuso y la explotación sexual y a<br />
veces se las obliga a <strong>en</strong>tregar su pasaporte a su<br />
empleador, lo cual impide que se march<strong>en</strong> del<br />
país donde están trabajando.<br />
11. La Comisión respalda el principio de que el<br />
ingreso a <strong>un</strong> país <strong>en</strong> violación de sus leyes de<br />
in<strong>migraciones</strong> no priva a los migrantes de los<br />
derechos humanos f<strong>un</strong>dam<strong>en</strong>tales conferidos por<br />
los instrum<strong>en</strong>tos de derechos humanos antes<br />
m<strong>en</strong>cionados, ni afecta la obligación de los Estados<br />
de proteger a los migrantes <strong>en</strong> situación<br />
irregular. De acuerdo con los tratados exist<strong>en</strong>tes<br />
y el derecho consuetudinario, los Estados ti<strong>en</strong><strong>en</strong><br />
la obligación mínima de respetar los derechos<br />
f<strong>un</strong>dam<strong>en</strong>tales de todos los seres humanos, incluy<strong>en</strong>do<br />
el derecho a la vida y a la igualdad ante<br />
la ley, así como la protección contra las violaciones<br />
de los derechos humanos tales como la esclavitud,<br />
la det<strong>en</strong>ción arbitraria prolongada, la<br />
discriminación racial, la tortura y los tratos crueles,<br />
inhumanos o degradantes. Por lo g<strong>en</strong>eral, las<br />
disposiciones se aplican a los ciudadanos y no<br />
ciudadanos, a los migrantes regulares e irregulares<br />
y, por lo tanto, constituy<strong>en</strong> <strong>un</strong> elem<strong>en</strong>to importante<br />
del marco normativo.<br />
Definición del marco legal y normativo<br />
12. Como se indicó más arriba, el marco legal y<br />
normativo que afecta a los migrantes internacio-<br />
58