14.12.2012 Views

Guia de Obligaciones Civiles y Comerciales

Guia de Obligaciones Civiles y Comerciales

Guia de Obligaciones Civiles y Comerciales

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

GUÍA DE ESTUDIO: OBLIGACIONES 155<br />

Responsabilidad por incumplimiento. Imposibilidad <strong>de</strong> cumplir.- A veces,<br />

esta forma <strong>de</strong> cumplimiento no es posible porque implicaría usar violencia<br />

contra el <strong>de</strong>udor (artista que actúa en un canal que no <strong>de</strong>be) y sólo queda<br />

recurrir al pago <strong>de</strong> daños y perjuicios.<br />

Si es imposible cumplir la abstención, sin culpa <strong>de</strong>l <strong>de</strong>udor, la obligación se<br />

extingue para ambas partes (art. 632).<br />

OBLIGACIONES ALTERNATIVAS<br />

Concepto.- Obligación alternativa -dice el art. 635- es la que tiene por<br />

objeto una <strong>de</strong> entre muchas prestaciones in<strong>de</strong>pendientes y distintas las unas <strong>de</strong><br />

las otras en el título, <strong>de</strong> modo que la elección que <strong>de</strong>ba hacerse entre ellas,<br />

que<strong>de</strong> <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el principio in<strong>de</strong>terminada.<br />

Se trata <strong>de</strong> una obligación que tiene varias prestaciones y que queda cumplida<br />

cuando el <strong>de</strong>udor ejecuta una <strong>de</strong> ellas (ej: te pago con $ 10.000 o entregándote<br />

mi auto). La alternativa también pue<strong>de</strong> referirse al lugar <strong>de</strong>l pago (ej:<br />

te pago en Bs.As o en Córdoba).<br />

Naturaleza jurídica.- La opinión predominante es que se trata <strong>de</strong> un vínculo<br />

único entre acreedor y <strong>de</strong>udor, referido a varias prestaciones, pero bajo<br />

la condición resolutoria <strong>de</strong> que si se elige una <strong>de</strong> ellas las <strong>de</strong>más <strong>de</strong>saparecen.<br />

Caracteres.- a) objeto plural (varias prestaciones); b) vínculo único; c) las<br />

prestaciones son distintas e in<strong>de</strong>pendientes entre sí; d) la obligación se cumple,<br />

ejecutando una sola <strong>de</strong> las prestaciones; e) la prestación a cumplir esta<br />

sujeta a elección, que pue<strong>de</strong> estar a cargo <strong>de</strong>l <strong>de</strong>udor, <strong>de</strong>l acreedor o <strong>de</strong> un<br />

tercero.<br />

La elección. A quien correspon<strong>de</strong>.- En principio, correspon<strong>de</strong> al <strong>de</strong>udor,<br />

pero se pue<strong>de</strong> convenir en que la elección <strong>de</strong> la prestación la haga el acreedor<br />

o un tercero (arts. 637 y 641).<br />

Modo y tiempo <strong>de</strong> efectuarla.- La elección pue<strong>de</strong> ser expresa o tácita. Lo<br />

normal es que quien elija se lo comunique a la otra parte. Debe ser realizada en<br />

el plazo convenido; si no lo hay <strong>de</strong>be fijarlo el juez.<br />

Efectos.- Hecha la elección, la obligación alternativa pasa a ser una obligación<br />

<strong>de</strong> dar cosa cierta.<br />

Prestaciones periódicas.- Si la obligación alternativa consiste en prestaciones<br />

periódicas, la elección hecha para un año no obliga para los otros (art.<br />

640). Ej: por el alquiler <strong>de</strong> esta casa pagaré anualmente $1000 o daré un televisor.<br />

El primer año doy un televisor; al otro elijo nuevamente y puedo dar los<br />

$1000 o un televisor.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!