EmpoderaMIA_JUNIO 2018 Núm02_Web
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EMPODERA<br />
MUJER INTELIGENTEMENTE ACTIVA<br />
El estar embarazada no es motivo para ser<br />
despedida, al contrario, la ley ampara y protege<br />
a la mujer embarazada, otorgándole una serie de<br />
derechos para conservar su empleo.<br />
1. Recibir la protección por parte del patrón que<br />
establecen los reglamentos<br />
2. No realizar esfuerzos físicos que puedan<br />
significar un peligro para la salud propia y del<br />
feto o que puedan alterar su estado psíquico y<br />
nervioso<br />
3. Descanso por 12 semanas, las cuales se<br />
repartirán en 6 previas al parto y 6 posteriores<br />
al parto.<br />
Es menester mencionar que puede haber<br />
variaciones:<br />
• Se puede solicitar al patrón que se cambien<br />
4 semanas de las 6 previas al parto para<br />
después, y de esta manera gozar de 10<br />
semanas de descanso posteriores al parto<br />
• En caso de que el bebé naciera con<br />
alguna discapacidad o requiera atención<br />
médica se pueden prolongar a 8 semanas<br />
posteriores al parto<br />
4. Ausentarse durante el embarazo, con un<br />
justificante expedido por el IMSS o en su caso<br />
por médico particular que incluya cédula<br />
profesional<br />
5. Los descansos serán, evidentemente, con<br />
goce de sueldo y en caso de que haya complicaciones<br />
en la salud derivadas del parto<br />
y que impidan el desempeño del trabajo, se<br />
podrán prolongar el tiempo necesario para la<br />
recuperación<br />
6. Para el período de lactancia, tendrán derecho<br />
a 2 descansos al día, de media hora cada<br />
uno, durante los 6 meses posteriores al parto<br />
La ley prohíbe, que los patrones despidan o<br />
presionen a una mujer para renunciar por el hecho<br />
de estar embarazada, debido a que proteger a<br />
las futuras mamás, en el ámbito laboral, es algo<br />
esencial para cualquier gobierno.<br />
Si en algún momento el patrón llega a violar tus<br />
derechos laborales o te llegan a despedir por<br />
encontrarte embarazada, existen varias opciones<br />
para hacer valer tus derechos:<br />
a) Presentarse ante la Procuraduría Federal de<br />
la Defensa del Trabajo (PROFEDET), recibirás<br />
orientación, asesoría jurídica, apoyo para<br />
llegar a una conciliación con tu patrón y en el<br />
último de los casos defensa ante los tribunales<br />
y autoridades competentes. Todos los servicios<br />
que presta son gratuitos<br />
b) Presentar una demanda de manera directa<br />
ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje<br />
Si por alguna circunstancia no recibes apoyo<br />
de la PROFEDET o respuesta de la Junta Local<br />
de Conciliación y Arbitraje, puedes acudir a la<br />
Contraloría Interna de la Secretaría del Trabajo y<br />
Previsión Social.<br />
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