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Medicina.forense.Grandini.3ª.Ed

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<strong>Medicina</strong> <strong>forense</strong><br />

Uno de los funcionarios, llamado calpullec, distribuía las tierras comunes y decidía acerca<br />

de las disputas suscitadas; administraba justicia en los asuntos de menor importancia; representaba<br />

a su grupo en los casos de controversia con otros clanes; y cobraba los impuestos.<br />

El gran consejo era el conjunto de calpullis de la tribu y estaba compuesto por los representantes<br />

de 20 calpullis, el llamado tlatocan, que se encargaba de juzgar asuntos criminales<br />

y civiles de la tribu, además de resolver operaciones de guerra y concertar la paz.<br />

La ley castigaba los delitos cometidos entre personas y dictaminaba la propiedad, la<br />

moral, las buenas costumbres, el orden, la tranquilidad pública, la patria y la religión. Los<br />

castigos más frecuentes eran la pena de muerte, la mutilación, la esclavitud, el destierro,<br />

la confiscación de bienes, la suspensión de derechos y la pérdida del empleo.<br />

El Códice Mendocino refleja las ideas que prevalecían entre los aztecas sobre la psicología<br />

infantil. El principal método de disciplina era la amonestación para los infractores hasta<br />

de ocho años de edad, y a partir de esa edad se imponía un castigo corporal riguroso, que<br />

variaba desde clavar espinas de maguey en las manos hasta exponer al infractor a los helados<br />

rigores de una noche en la montaña, atado y desnudo sobre un charco de lodo, según<br />

fuera la proporción de la falta.<br />

Regían leyes contra el incesto semejantes a las actuales; además, se prohibía el matrimonio<br />

entre personas de la misma familia.<br />

Asimismo, se veía con desagrado la deserción del hogar en el matrimonio bajo ciertas<br />

condiciones, como esterilidad, mal carácter continuo y descuido de los quehaceres<br />

domésticos.<br />

En el caso del varón que no podía mantener a su esposa, podía autorizarse la separación.<br />

Era delito no educar a los hijos o maltratarlos físicamente. El homicidio se castigaba<br />

con la pena de muerte, así como el aborto y el infanticidio, conocido hoy en día como<br />

homicidio del recién nacido. Por lo general se lapidaba a los adúlteros en el mercado o el<br />

patio del tecpan (casa de gobierno), y también podían ser ahorcados o matados con flechas.<br />

La embriaguez era delito grave, a menos que se cometiera en ocasión de una ceremonia;<br />

el castigo consistía en la reprobación por parte de la sociedad, el descrédito público y<br />

la muerte mediante lapidación.<br />

Todo esto lleva a suponer que intervenía un criterio médico legal, aun cuando no<br />

existía esta especialidad médica entre los aztecas. Prueba de ello es la existencia de una<br />

clasificación de heridas, que por sus claros conceptos vale la pena mencionar:<br />

Tlacocoli o trauitectli: cualquier herida<br />

Temotzoliztli: rasguño<br />

Tlaxipeualiztli: desolladuras<br />

Teixililiztli: heridas punzantes producidas por lanza<br />

Netoxomaliztli, neuazumoliztli o tlaxolenaliztli: desolladura producto de un golpe<br />

MÉXICO COLONIAL<br />

A partir de la época de la Colonia, la medicina legal en México ha seguido una doble vía:<br />

la académica y la auxiliar de la procuración y administración de justicia.<br />

© <strong>Ed</strong>itorial El manual moderno Fotocopiar sin autorización es un delito.

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