Medicina.forense.Grandini.3ª.Ed
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Toxicología <strong>forense</strong> 195<br />
El dopaje es el consumo de cualquier sustancia prohibida en el deporte que puede ser<br />
potencialmente peligrosa para la salud de los deportistas y que es susceptible de mejorar<br />
su rendimiento de manera ilícita.<br />
De acuerdo con el Comité Olímpico Internacional (COI), el dopaje es la administración<br />
o uso por parte de un atleta de cualquier sustancia ajena al organismo o cualquier sustancia<br />
fisiológica tomada en cantidad anormal o por una vía anormal, con la sola intención de<br />
aumentar en un modo artificial y deshonesto su rendimiento en la competición.<br />
La palabra doping es un anglicismo y su versión en castellano, incluida en las últimas<br />
revisiones del Diccionario de la Real Academia Española, es dopaje.<br />
Antecedentes históricos<br />
© <strong>Ed</strong>itorial El manual moderno Fotocopiar sin autorización es un delito.<br />
Una de las primeras referencias procede de un cuadro chino que muestra a un emperador<br />
masticando una rama de Ephedra. La mitología nórdica cuenta que sus legendarios bersekers<br />
aumentaban su fuerza combativa mediante la bufotenina, extraída del hongo Amanita muscaria.<br />
Cronistas de la Grecia narran que los fondistas, saltadores y luchadores participantes<br />
de los Juegos Olímpicos recurrían a ingestiones de extractos de plantas, extirpaciones del<br />
bazo y otros medios para mejorar el rendimiento. En la era precolombina, los incas mascaban<br />
hojas de coca en sus ritos, trabajos y luchas. En fecha más reciente, la cafeína se usa<br />
desde 1805 por parte de competidores de natación, atletismo y ciclismo. En este último<br />
es donde se registra el primer caso mortal; en 1866, el ciclista galés Linton quien ingirió<br />
estupefacientes fallece durante la carrera de París a Burdeos.<br />
Le siguen el fútbol y el boxeo. En 1950 aumentaron súbitamente los casos de dopaje,<br />
por lo que en el decenio de 1960 las federaciones y asociaciones reglamentaron el control<br />
antidopaje.<br />
De lo anterior se desprende que el término antidopaje no está bien empleado cuando<br />
se trata de análisis que identifiquen drogas y sus metabolitos en servidores públicos, ni en<br />
personas sujetas a investigación por consumo de drogas.<br />
El término adecuado debería ser algo parecido a esto: “análisis químico toxicológico<br />
que permita determinar la presencia de drogas y sus metabolitos en muestras de orina”.<br />
Es una definición un poco extensa, situación que probablemente ha favorecido el uso de<br />
la expresión antidopaje.<br />
Para realizar el estudio en poblaciones grandes (p. ej., en cuarteles o comandancias),<br />
se puede hacer un estudio preliminar de discernimiento o “tamizado” (screening), mediante<br />
placas inmunocromatográficas o pruebas rápidas, por lo regular para cuatro parámetros<br />
o cuatro drogas. Según sea la localidad donde se realicen, se eligen las drogas de mayor<br />
incidencia o consumo (p. ej., cocaína, THC, benzodiazepinas, metanfetaminas, otras).<br />
En las pruebas que arrojen resultados negativos se pueden desechar las muestras<br />
de orina y se conservan las que produzcan un resultado “positivo”; estas últimas deben<br />
considerarse como presuntas positivas y sin excepción hay que confirmar el resultado por<br />
cromatografía de gases con detector de masas.<br />
Como ya se indicó, la cromatografía es una herramienta que permite separar componentes<br />
de una mezcla y, al agregar un excelente identificador como la “espectrometría