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DERECHOS DE PUEBLOS ORIGINARIOS EN LA CONSTITUCIÓN CIUDAD DE MÉXICO

Los primeros pueblos que se asentaron al sur de los lagos de la Cuenca de México se conocen como originarios. Ya se encontraban en estas tierras antes de la conquista española. Sus derechos comunitarios siempre les fueron negados durante la Colonia, la Independencia y la Reforma en México. Hasta los gobiernos post revolucionarios los discriminaron. La nueva Constitución de la Ciudad de México los ha reconocido como sujetos de derecho, sobre todo en materia cultural.

Los primeros pueblos que se asentaron al sur de los lagos de la Cuenca de México se conocen como originarios. Ya se encontraban en estas tierras antes de la conquista española. Sus derechos comunitarios siempre les fueron negados durante la Colonia, la Independencia y la Reforma en México. Hasta los gobiernos post revolucionarios los discriminaron. La nueva Constitución de la Ciudad de México los ha reconocido como sujetos de derecho, sobre todo en materia cultural.

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460 Mario Ortega Olivares<br />

Consenso derivada de la Consulta a los Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades<br />

Indígenas Residentes. Fue avalado por los siguientes diputados: Jesús<br />

Ramírez Cuevas, Nelly Juárez Audelo, Guadalupe E. Muñoz Ruíz, Bruno Iván<br />

Bichir Nájera, Elena Chávez González, Isidro H. Cisneros Ramírez, Carlos Gelista<br />

González, Augusto Gómez Villanueva, Ana Julia Hernández Pérez, Aristeo López<br />

Pérez, Martha Patricia Ruíz Anchondo, María Consuelo Sánchez Rodríguez,<br />

Gonzalo Altamirano Dimas y José M. Antonio Olvera Acevedo. Dicha Reserva<br />

contiene dos columnas, en la primera aparece el texto inicial del artículo 63 y<br />

en la segunda se anexaron los resultados de la consulta. Como «el derecho a<br />

una economía social, solidaria, integral, intercultural y sustentable» (RAMÍREZ<br />

J. 2017: 2). La facultad y responsabilidad de los pueblos y barrios originarios,<br />

para administrar y cuidar los panteones comunitarios, fue la demanda más<br />

reivindicada durante la consulta. Algo muy comprensible para comunidades<br />

donde el culto a los ancestros y el montaje de ofrendas de Días de Muertos. Es<br />

el ritual de raigambre mesoamericana, que se celebran con mayor devoción<br />

en la actualidad a lo largo y lo ancho de la Cuenca de México. Los oriundos<br />

también insistieron en el derecho a mantener, administrar, proteger y desarrollar<br />

su patrimonio cultural. Con un énfasis en las danzas, músicas y juegos<br />

tradicionales. El proyecto de dictamen enriquecido tras la consulta reconoció el<br />

carácter intercultural, plurilingüe y diversos de la población de la CDMX. Y fue<br />

presentado ante el pleno de la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México<br />

(ACCDMX) donde se aprobó por consenso, algo inusitado en un medio político<br />

tan fragmentado como el mexicano.<br />

Derechos étnicos en la constitución emergente<br />

La Constitución Política de la Ciudad de México intitula Ciudad Pluricultural<br />

al capítulo dedicada a la población indígena. Integrada tanto por los pueblos y<br />

barrios originarios, asentados en ella, desde antes de la colonización (o conquista<br />

española). Y que conserva en parte o totalidad sus propias instituciones, normas,<br />

tradiciones, territorios y cosmovisión. Así como por las comunidades indígenas,<br />

pertenecientes a pueblos indígenas de otras regiones de México, pero que inmigraron<br />

a la ciudad y hoy residen en ella. La conciencia de identidad será el<br />

criterio para determinar a sus integrantes. Quienes se reconocerán como sujetos<br />

colectivos de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio.<br />

Se entiende por tales sujetos, a los pueblos y barrios originarios históricamente<br />

asentados en sus y las comunidades indígenas residentes. La Declaración de las<br />

Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y otros instrumentos<br />

jurídicos internacionales, deberán observarse de manera obligatoria en<br />

la Ciudad de México (ACCDMX 2017: 191).

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