Seminario Nacional Acto Médico - Ministerio de Salud
Seminario Nacional Acto Médico - Ministerio de Salud
Seminario Nacional Acto Médico - Ministerio de Salud
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
Panel Nº 3: Los Derechos <strong>de</strong> las Personas y el <strong>Acto</strong> <strong>Médico</strong>,<br />
Aspectos Jurisdiccionales, la Ley<br />
Mientras que la responsabilidad objetiva es aquélla en la que la persona<br />
actúa <strong>de</strong> una manera dolosa o <strong>de</strong> una manera culposa y<br />
adicionalmente tiene un elemento que sí pue<strong>de</strong> causar un peligro por<br />
las consecuencias dañosas contra otra persona.<br />
La responsabilidad civil tiene una tríada en base a la cual surge, y<br />
cuando hablamos <strong>de</strong> responsabilidad civil hablamos <strong>de</strong> la existencia<br />
<strong>de</strong> un daño, <strong>de</strong> la existencia <strong>de</strong> una reparación, pero que tiene que<br />
haber un nexo causal. Es <strong>de</strong>cir, tiene que haber una consecuencia<br />
lógica <strong>de</strong> la existencia <strong>de</strong>l daño causado y quien, supuestamente, ocasionó<br />
ese daño.<br />
Entonces, cuando hablamos <strong>de</strong> daño estamos hablando <strong>de</strong> una <strong>de</strong>terminada<br />
lesión a un interés que tiene la persona.<br />
El daño y la in<strong>de</strong>mnización<br />
Cuando hablamos <strong>de</strong> una reparación estamos hablando <strong>de</strong> una<br />
in<strong>de</strong>mnizaciòn, pero ojo, no todo daño pue<strong>de</strong> ser reparado económicamente,<br />
no todo daño pue<strong>de</strong> ser resarcido inmediatamente <strong>de</strong>spués<br />
por una retribución económica, <strong>de</strong> allí que exista toda una teoría<br />
acerca <strong>de</strong> los daños que se le pue<strong>de</strong>n causar a una persona.<br />
Vamos a ver que según esta clasificación existe <strong>de</strong> acuerdo a la naturaleza<br />
<strong>de</strong>l ente afectado un daño subjetivo, fíjense uste<strong>de</strong>s otra vez lo<br />
que es el aspecto subjetivo el cual está referido básicamente a lo que<br />
es la persona.<br />
Es <strong>de</strong>cir, afecta en esencia al ser humano. Entonces este daño pue<strong>de</strong><br />
ser un daño sicosomático, en el cual se está atentando básicamente<br />
contra la libertad, contra el honor, contra la creencia <strong>de</strong> una persona<br />
y surge aquí lo que es el daño biológico, el daño en sí mismo a la<br />
persona, pero también pue<strong>de</strong> haber una daño a la salud, en el cual<br />
no afecto básicamente lo que es la psique <strong>de</strong> la persona sino que<br />
afecto ahora el soma <strong>de</strong> la persona, lo que es el cuerpo <strong>de</strong> la persona<br />
y este es el <strong>de</strong>nominado daño a la salud.<br />
137