TEMAS ESPECIALES EN SALUD ANIMAL - oirsa
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lo relatado se señala por la razón de que si bien la propuesta del GA TT en materia sanitaria<br />
y zoosanitaria, marca con toda claridad las propuestas a seguir en el terreno de intercambios<br />
comerciales; no ocurre así, en el terreno de las posibles internaciones de animales, sus<br />
productos y subproductos, biológicos, químicos, farmacéuticos y alimenticios para uso en<br />
los animales o consumo por éstos. ¿Porqué?, bien, cuando nos hemos referido en textos<br />
anteriores a la estructura de las fronteras, hemos sugerido la evaluación del (R) riesgo<br />
zoosanitario por el posible ingreso de animales, sus productos etc...y como respuesta a<br />
ello hemos dicho que para contrarrestarlo deberíamos tomar (A) acciones que pudieran<br />
bloquearlo y estas acciones puedan llevamos al subsistema A C I del cual la última sigla<br />
(1) Insoeccione en las aduanas de entrada. No obstante, debemos considerar que esas<br />
inspeCciones se dividen así:<br />
. INSPECCIONES DE CONTROL<br />
. INSPECCIONES DE VIGILANCIA<br />
INSPECCIONES DE CONTROL: Han sido ya descritas de manera muy general, en renglones<br />
anteriores, y son consecuencia de una autorización zoosanitaria previa de importación y de<br />
la certificación del país de origen que asienta haberse cumplido todas las pruebas y<br />
tratamientos.<br />
En estas inspecciones el interesado no intenta evitarlas, al contrario, solicita insistentemente<br />
la intervención del oficial zoosanitario, debido a que sin su autorización puede<br />
desaduanizar sus mercancías de importación, y si bien no calificamos aquí la mecánica de<br />
la inspección, debemos considerar que esto representa una barrera que puede disminuir el<br />
riesgo.<br />
INSPECCIONES DE VIGILANCIA: Son aquellas que deben practicar el oficial zoosanilario<br />
a los lugares, transportes internacionales, equipajes de pasajeros y tripulantes y en general,<br />
en todo sitio donde pueda existir la posibilidad de ingreso de introducción de animales, sus<br />
productos, subproductos etc., que por su naturaleza y origen pueden considerarse un<br />
riesgo zoosanitario y que, los interesadospretendan introduciren forma subrepticia; en estas<br />
Insoecciones de vieilancia no existen documentos de origen, ni certificados sanitarios, yes<br />
abiertamente manifiesto que si debemos cuantificar y valorar estas unidades de riesgo,<br />
podemos asegurar que son infinitamente mayores que las que podíamos otorgar a las cargas<br />
documentadas.<br />
Recordemos que los brotes de peste porcina africana que han ocurrido en algunos paises<br />
de América latina, están íntimamente relacionados a introducciones ilegales de alimentos<br />
de origen animal que fueron internados a los países como carga no documentada.<br />
El riesgo que representa lo señalado en las Insoecciones de Vieilancia se incrementa aún<br />
más, cuando tenemos que mencionar el control de sobrantes alimenticios de los aviones,<br />
barcos, transportes terrestres etc, y tenemos que valorarlo y cuantificarlo; en estas últimas<br />
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