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Estados Financieros, (Inglés, Español) - Túnel San Cristóbal

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Etapa 2: Consideró la operación de la Obra en ambos<br />

sentidos de circulación, con las siguientes restricciones:<br />

Fecha de inicio programada: 15 de agosto de 2008.<br />

Fecha de término programada: 30 de septiembre de 2008.<br />

El inicio de esta etapa (y término de la anterior) estuvo<br />

sujeto a la habilitación del Mejoramiento del viraje norponiente<br />

en la Salida del <strong>Túnel</strong> en Av. El Cerro con Av.<br />

Los Conquistadores, obra que formó parte del proyecto<br />

denominado “Ensanche de Avenida El Cerro y Puente sobre<br />

el Río Mapocho”.<br />

<strong>Túnel</strong> sentido Sur-Norte: Sin restricción horaria, dos pistas<br />

de circulación.<br />

<strong>Túnel</strong> sentido Norte-Sur: De lunes a viernes de 7:30 a 10:00<br />

horas y de 17:00 a 21:00 horas, otros días sin restricción<br />

horaria.<br />

Etapa 3: Consideró dos fases de operación:<br />

Fase 3.A:<br />

Fecha programada de inicio: 30 de septiembre de 2008.<br />

Fecha programada de término: 10 de octubre de 2008.<br />

El inicio de esta Fase estuvo sujeto a la habilitación de las<br />

obras del proyecto denominado “Ensanche de Avenida El<br />

Cerro y Puente sobre el Río Mapocho”.<br />

Esta Fase contempló la operación de ambos túneles con<br />

las mismas restricciones horarias y pistas de circulación<br />

que en la Etapa 2, pero incorporando la habilitación del<br />

ensanche de Av. El Cerro en dos pistas por sentido, entre<br />

Av. Los Conquistadores y Av. <strong>San</strong>ta María, con la operación<br />

del Puente Oriente sobre el Río Mapocho en tres pistas y el<br />

viraje nor-poniente habilitado en la Etapa 2 anterior.<br />

Fase 3.B:<br />

Fecha programada de inicio: 10 de octubre de 2008<br />

Fecha programada de término: Durante marzo de 2009.<br />

Esta Fase contempló el funcionamiento de ambos túneles<br />

sin restricción horaria.<br />

Vialidad complementaria: Considera la habilitación del<br />

ensanche de Av. El Cerro en dos pistas por sentido, entre<br />

Av. Los Conquistadores y Av. <strong>San</strong>ta María, con la operación<br />

del Puente Oriente sobre el Río Mapocho en tres pistas y el<br />

viraje al nor-poniente habilitado en la Etapa 2 anterior.<br />

Etapa 4:<br />

Fecha real de inicio: a contar del 7 de marzo de 2009.<br />

Esta Etapa consideró la operación sin restricción de la obra<br />

concesionada.<br />

En otras disposiciones del Decreto Supremo 514, ya<br />

señalado, cabe destacar lo siguiente:<br />

• No se modifica ninguno de los demás plazos ni obligaciones<br />

del contrato de concesión, debiendo cumplir la Sociedad<br />

Concesionaria en tiempo y forma todas y cada una de las<br />

obligaciones estipuladas en el contrato de concesión.<br />

• Los efectos económicos y financieros que represente<br />

para el equilibrio económico del contrato de concesión las<br />

modificaciones señaladas, serán materia del documento de<br />

acuerdo que al efecto deberán suscribir las partes, situación<br />

que al 31 de diciembre de 2009 aún estaba en desarrollo.<br />

• Se estableció un plazo máximo de 12 meses, contados<br />

desde la fecha de emisión de este Decreto, para que las partes<br />

del contrato de concesión acuerden las compensaciones y<br />

otras regulaciones que correspondan.<br />

Con fecha 3 de julio de 2009, el Ministerio de Obras<br />

Públicas otorgó la Puesta en Servicio Definitiva mediante<br />

Resolución (Exenta) número 2443 de la Dirección General<br />

de Obras Públicas, a contar de las 00:00 horas del día 4 de<br />

julio de 2009.<br />

c) Convenio Ad referéndum N° 1<br />

Este convenio, aprobado mediante Decreto Supremo N°<br />

236 del Ministerio de Obras Públicas, emitido con fecha<br />

25 de agosto de 2009, del cual la Contraloría General<br />

de la República tomó razón el 4 de noviembre de 2009,<br />

modificó el contrato de concesión en los siguientes aspectos<br />

principales:<br />

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