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Título I INTERES PARA IMPUGNAR (El agravio, perjuicio o ...

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imputado, procurando que esto no de lugar a abuso del derecho. Esta realidad no<br />

afecta el concepto de parte ni el carácter dispositivo del recurso de casación como<br />

se indicó supra.<br />

d.2.-) Admisibilidad, motivos y procedimiento:<br />

Temas a destacar es lo referente a la admisibilidad, los<br />

motivos y el procedimiento del recurso de casación.<br />

La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia o el Tribunal de Casación<br />

procede a revisar el recurso a fin de determinar si éste reúne los requisitos formales<br />

necesarios para su ingreso así como las condiciones sustanciales relacionadas con<br />

la correcta formulación del motivo.<br />

Así comprende dos momentos:<br />

Calificación de requisitos formales.<br />

Condiciones sustanciales.<br />

Los motivos son las causales (<strong>agravio</strong>s) o vicios que pueden invocar los<br />

titulares del derecho a recurrir una resolución por la vía de casación. Atendiendo a<br />

esta distinción que hace la ley, en la práctica judicial se habla entonces de los<br />

recursos de casación por el fondo y por la forma, según sean acusados por el<br />

recurrente errores in iudicando o in procedendo, respectivamente, teniendo estos<br />

dos tipos de recurso consecuencias diferentes.<br />

1.-) Procedencia:<br />

<strong>El</strong> recurso de casación está previsto para las<br />

sentencias que ponen fin al proceso, ya sea la sentencia emitida por un Tribunal de<br />

Juicio unipersonal o colegiado, según los delitos, así como los sobreseimientos<br />

definitivos dictados por el Tribunal de Juicio. 74<br />

Su naturaleza es:<br />

74 <strong>El</strong> Código Procesal Penal dispone en el artículo 444: “Resoluciones Recurribles. Además de los casos<br />

especiales previstos, sólo se podrá interponer el recurso de casación contra la sentencia y el<br />

sobreseimiento dictados por el tribunal de juicio”.<br />

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