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MANUAL DE ASIGNATURA - Biblioteca UTHH

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• Debe conocerse el importe a arquear que muestran los registros para<br />

compararlo con lo contado y pedir aclaraciones en el momento mismo del<br />

arqueo, cuando sean necesarias.<br />

• Al concluir el arqueo debe exigirse la firma la responsable del fondo para<br />

que quede constancia plena de que la cantidad contada le fue devuelta a su<br />

entera conformidad.<br />

Normalmente los fondos incluyen vales, recibos, facturas y otros<br />

comprobantes de erogaciones realizadas pendientes de reembolso y, que por lo<br />

mismo, se consideran parte del fondo. En estos casos, el auditor debe de tener<br />

cuidado de cerciorarse de la autenticidad de dichos comprobantes, vigilando que<br />

sean de fecha reciente, que estén debidamente autorizados para su pago, que<br />

sean importes razonables al fondo y que su pago este definido en los objetivos del<br />

fondo relativo.<br />

En estricta teoría un fondo de efectivo solo debe de estar constituido por<br />

dinero, por ello se debe vigilar que todos estos comprobantes queden<br />

debidamente reembolsados al cierre del ejercicio que se examina, de lo contrario<br />

deberá proponerse el ajuste relativo para mostrar como efectivo en caja y bancos<br />

solo lo que sea realmente efectivo.<br />

En el caso de que en el arqueo se determine deferencia entra lo contado<br />

físicamente y el saldo según libros, este debe hacerse del conocimiento inmediato<br />

del funcionario y en conjunto proceder a su aclaración.<br />

Los procedimientos aplicables a la revisión de bancos son los siguientes:<br />

I. Confirmación Bancaria.<br />

Consiste en enviar una carta al banco donde manejan la cuenta bancaria,<br />

solicitándole que informe del saldo que aparezca en la cuenta de cheques a<br />

nombre de la empresa; si se considera necesario se le solicitaran además estados<br />

de cuenta y otros saldos que aparezcan a favor o a cargo de la empresa por<br />

cualquier otra operación efectuada entre ambos.<br />

Para cumplir con este procedimiento, el IMCP y la Asociación de Banqueros<br />

de México, aprobaron en común una forma de solicitud de datos que es la que<br />

reconocen las instituciones bancarias y que por lo mismo resulta muy conveniente<br />

utilizar.<br />

Esta carta-solicitud la envía la compañía y la respuesta del Banco debe ser<br />

recibida directamente por el auditor.<br />

El saldo confirmado por el Banco se compara con el que muestra los<br />

registros de la empresa y si no coincide se aplica el procedimiento siguiente.<br />

Esta obra es propiedad intelectual de su autor y los derechos de publicación han sido transferidos a la<br />

Universidad Tecnológica de la Huasteca Hidalguense. Prohibida su reproducción parcial o total por cualquier<br />

medio sin el permiso del propietario de los derechos del Copyright.<br />

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